Codigo judicial libro 2 panama
REGLAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO
TÍTULO PRELIMINAR Capítulo I Principios
Artículo 461. El procedimiento civil regula el modo como deben tramitarse y resolverse los procesos civiles cuyo conocimiento corresponde al Órgano Judicial y a los funcionarios que determinan este Código y otras leyes.Artículo 462. Los procesos sólo podrán iniciarse a petición de parte, salvo los casos en que la ley autorice expresamente que se promuevan de oficio.
Artículo 463. Todos los procesos admiten dos instancias o grados, salvo que la ley los sujete expresamente a una sola instancia.
Artículo 464. La persona que pretenda hacer efectivo algún derecho o pretensión, que se declare suexistencia o que se declare la inexistencia de uno adverso a sus intereses o la existencia o inexistencia de una relación jurídica que le concierna o afecte, puede pedirlo ante los tribunales en la forma prescrita en este Código.
Artículo 465. El impulso y la dirección del proceso corresponden al juez, quien cuidará de su rápida tramitación sin perjuicio del derecho de defensa de las partes y conarreglo a las disposiciones de este Libro.
Artículo 466. Promovido el proceso, el juez tomará las medidas tendientes a evitar su paralización, salvo que la ley disponga que ello corresponda a las partes.
Artículo 467. Las partes deben comportarse con lealtad y probidad durante el proceso y el juez hará uso de sus facultades para rechazar cualquier solicitud o acto que implique una dilaciónmanifiesta e ineficaz del litigio o cuando se convenza de que cualquiera de las partes o ambas se sirvan del proceso para realizar un acto simulado o para perseguir un fin prohibido por la ley.
Artículo 468. Tanto el juez como los órganos auxiliares de los tribunales, tomarán las medidas legales que sean necesarias para lograr la mayor economía procesal.
Artículo 469. El juez, al proferirsus decisiones, debe tener en cuenta que el objeto del proceso es el reconocimiento de los derechos consignados en la ley substancial y con este criterio se deben interpretar las disposiciones del presente Código. Las dudas que surjan en la interpretación de las normas de este Código, deberán aclararse mediante la aplicación de los principios constitucionales y generales del DerechoProcesal, de manera que se observe el debido proceso, la igualdad procesal de las partes, la economía y la lealtad procesal.
Artículo 470. Los vacíos o lagunas que se encuentren en este Libro se llenarán con las normas que regulen casos análogos y, a falta de éstas, con los principios constitucionales y los generales del Derecho Procesal.
Artículo 471. Si en el curso del procesosurgen cuestiones que requieran o hayan requerido la intervención de otra jurisdicción, el Juez Civil continuará sin suspensión alguna la tramitación del proceso y si al fallar mediare sentencia de la otra jurisdicción, el Juez Civil tomará en consideración lo resuelto por aquélla, para decidir lo que corresponda. Exceptúanse los supuestos de consulta constitucional.Artículo 472. Cuando la ley establezca formas o requisitos determinados para los actos del proceso, sin que establezca que la omisión o desconocimiento de dichas formas o requisitos hacen el acto nulo o ineficaz, el juez le reconocerá valor o eficacia, siempre que la forma adoptada logre la finalidad perseguida por la ley.
Los actos del proceso prescritos por la ley para la cual ésta no establezcauna forma determinada, los realizará el juez, quien dispondrá que se lleven a cabo con la menor formalidad posible, de manera adecuada al logro de sus fines.
Artículo 473. Todo acto facultativo u oficioso del juez puede ser instado por cualquiera de las partes. Sin embargo, el juez no estará obligado a pronunciarse.
Artículo 474. Cualquier error o defecto en la identificación,...
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