CODIGO MINERO 1777

Páginas: 12 (2865 palabras) Publicado: 23 de octubre de 2013
LEY Nº 1777
LEY DE 17 DE MARZO DE 1997

GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

CÓDIGO DE MINERÍA

LIBRO PRIMERO
NORMAS SUBSTANTIVAS

TÍTULO I
DEL DOMINIO DE LAS SUBSTANCIAS MINERALES, DE SU CONCESION Y DE LOS SUJETOS DE DERECHOSMINEROS

CAPÍTULO I
PRINCIPIOS GENERALES RELATIVOS AL DOMINIO Y A LA CONCESION

ARTÍCULO 1º.

Pertenecen al dominio originario del Estado todas las sustancias minerales en estado natural, cualesquiera sea su procedencia y forma de presentación, hállense en el interior o en la superficie de la tierra. Su concesión se sujetará a las normas del presente Código.

ARTÍCULO 2º.

El Estado através del Poder Ejecutivo, otorgará concesiones mineras a las personas individuales o colectivas, nacionales o extranjeras, que las soliciten ante el Superintendente de Minas de la jurisdicción, conforme a las normas del presente Código.

ARTÍCULO 3º.

Las personas individuales o colectivas que realicen actividades mineras quedan sometidas a las leyes del país, siendo extranjeras, se tiene porrenunciada toda reclamación diplomática sobre cualquier materia relativa a dichas actividades.

ARTÍCULO 4º.

La concesión minera constituye un derecho real distinto al de la propiedad del predio en que se encuentra, aunque aquélla y éste pert
orrerá traslado al peticionario para que responda dentro del plazo de diez días calendario desde su notificación.

ARTÍCULO 140º.

Transcurrido elplazo mencionado en el artículo anterior, y dentro de los siguientes diez días calendario, con o sin respuesta del peticionario y previo informe del Servicio Técnico de Minas el Superintendente de Minas dictará resolución resolviendo la oposición.

ARTÍCULO 141º.

La oposición interpuesta fuera del término a que se refiere el artículo 138 o sin acompañar los documentos señalados en el mismo,será rechazada en el día por el Superintendente de Minas que, al mismo tiempo dispondrá la continuación del trámite de la petición.

CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE AMPARO ADMINISTRATIVO MINERO

ARTÍCULO 142º.

Los concesionarios u operadores mineros afectados por los actos señalados en el ARTÍCULO 42 del presente Código podrán demandar amparo ante el Superintendente de Minas de lajurisdicción, quien lo otorgará o negará dentro de las cuarenta y ocho horas de presentado el amparo, previa comprobación sumaria de los hechos.

Si fuera necesario, el Superintendente de Minas requerirá al Prefecto del Departamento el auxilio de la fuerza pública.

ARTÍCULO 143º.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente el Superintendente de Minas remitirá antecedentes alMinisterio Público para el procesamiento penal de los que resultaren autores, cómplices o encubridores, independientemente del resarcimiento de los daños civiles que correspondan.

Es competencia de la jurisdicción ordinaria la investigación y sanción de delitos de hurto, robo y tráfico clandestino de minerales.

CAPÍTULO III
DEL PROCEDIMIENTO DE LA CONCILIACION

ARTÍCULO 144º.

Las partesprocurarán acordar o convenir la indemnización por expropiación o servidumbre necesariamente a través de un proceso de negociación directa o de un procedimiento de conciliación realizado conforme a la ley.

El acuerdo al que se llegare constará en un acta de conciliación suscrito por ambas partes que surtirá los efectos jurídicos de una transacción y tendrá entre las partes y sus sucesores a títulouniversal la calidad de cosa juzgada.

El acta de conciliación será homologada por el Superintendente de Minas de la Jurisdicción e inscrita en el Registro Minero y en el Registro de Derechos Reales.

ARTÍCULO 145º.

Si en dicho procedimiento no se llegara a un acuerdo conciliatorio en el término máximo e improrrogable de treinta (30) días calendario desde que el propietario del suelo reciba...
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