codigo penal cr
No.7594
CODIGO PROCESAL PENAL
PRIMERA PARTE
PARTE GENERAL
LIBRO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
TITULO I
PRINCIPIOS Y GARANTIAS PROCESALES
ARTICULO 1.- Principio de legalidad
Nadie podrá ser condenado a una pena ni sometido a una medida de seguridad, sino
en virtud de un proceso tramitado con arreglo a este Código y con observancia estricta
de las garantías,las facultades y los derechos previstos para las personas.
La inobservancia de una regla de garantía establecida en favor del imputado no podrá
hacerse valer en su perjuicio.
ARTICULO 2.Regla de interpretación Deberán interpretarse restrictivamente las disposiciones
legales que coarten la libertad personal o limiten el ejercicio de un poder o derecho
conferido a los sujetos del proceso. Enesta materia, se prohíben la interpretación
extensiva y la analogía mientras no favorezcan la libertad del imputado ni el ejercicio
de una facultad conferida a quienes intervienen en el procedimiento.
ARTICULO 3.Juez natural Nadie podrá ser juzgado por jueces designados especialmente para el
caso.
La potestad de aplicar la ley penal corresponderá sólo a los tribunales ordinarios,
instituidosconforme a la Constitución y la ley.
ARTICULO 4.Justicia pronta Toda persona tendrá derecho a una decisión judicial definitiva en un
plazo razonable.
ARTICULO 5.Independencia Los jueces sólo están sometidos a la Constitución, el Derecho
Internacional y Comunitario vigentes en Costa Rica y a la ley.
En su función de juzgar, los jueces son independientes de todos los miembros de los
poderesdel Estado.
Por ningún motivo, los otros órganos del Estado podrán arrogarse el juzgamiento de
las causas, ni la reapertura de las terminadas por decisión firme; tampoco podrán
interferir en el desarrollo del procedimiento.
Deberán cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por los jueces, conforme a lo resuelto. En
caso de interferencia en el ejercicio de su función, el juez deberá informar a laCorte
Suprema de Justicia sobre los hechos que afecten su independencia. Cuando la
interferencia provenga del pleno de la Corte, el informe deberá ser conocido por la
Asamblea Legislativa.
ARTICULO 6.Objetividad Los jueces deberán resolver con objetividad los asuntos sometidos a su
conocimiento.
Desde el inicio del procedimiento y a lo largo de su desarrollo, las autoridades
administrativasy judiciales deberán consignar en sus actuaciones y valorar en sus
decisiones no solo las circunstancias perjudiciales para el imputado, sino también las
favorables a él.
Serán funciones de los jueces preservar el principio de igualdad procesal y allanar los
obstáculos que impidan su vigencia o lo debiliten.
ARTICULO 7.- Solución del conflicto y restablecimiento de los derechos de la víctimaLos tribunales deberán resolver el conflicto surgido a consecuencia del hecho, de
conformidad con los principios contenidos en las leyes, en procura de contribuir a
restaurar la armonía social entre las partes y, en especial, el restablecimiento de los
derechos de la víctima.
Para tales fines, siempre tomarán en cuenta el criterio de la víctima, en la forma y las
condiciones que regula esteCódigo.
(Así reformado por el artículo 16 de la ley N° 8720 de 4 de marzo de 2009, Ley de
Protección a Víctimas, Testigos y demás intervinientes en el Proceso Penal).
ARTICULO 8.Decisiones en tribunales colegiados Cuando la ley exija una integración colegiada del
tribunal, sus integrantes deberán intervenir activamente en la deliberación y decisión.
ARTICULO 9.Estado de inocencia El imputadodeberá ser considerado inocente en todas las etapas
del procedimiento, mientras no se declare su culpabilidad en sentencia firme,
conforme a las reglas establecidas en este Código. En caso de duda sobre las
cuestiones de hecho, se estará a lo más favorable para el imputado.
Hasta la declaratoria de culpabilidad, ninguna autoridad pública podrá presentar a una
persona como culpable ni...
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