codigo penal (delitos contra la economia nacional))
CAPÍTULO I
DELITOS CONTRA LA ECONOMÍA NACIONAL
ARTICULO 221.(CONTRATOS LESIVOS AL ESTADO).El funcionario público que, a sabiendas, celebrare contratos en perjuicio del Estado o de entidades autónomas, autárquicas, mixtas o descentralizadas, será sancionado con privación de libertad de uno a cinco años.
En caso de queactuare culposamente, la pena será de privación de libertad de seis meses a dos años.
El particular que, en las mismas condiciones anteriores, celebrare contrato perjudicial a la Economía Nacional, será sancionado con reclusión de uno a tres años.
ARTICULO 222.(INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS).El que habiendo celebrado contratos con el Estado o con las entidades a que se refiere el ARTICULOanterior, no los cumpliere sin justa causa, será sancionado con reclusión de uno a tres años.
Si el incumplimiento derivare de culpa del obligado, éste será sancionado con reclusión de tres meses a dos años.
ARTICULO 223.(DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIOUEZA NACIONAL): El que destruyere, deteriorare, substrajere o exportare un bien perteneciente al dominio público, una fuentede riqueza, monumentos u objetos del patrimonio arqueológico, histórico o artístico nacional, incurrirá en privación de libertad de uno a seis años.
ARTICULO 224.(CONDUCTA ANTIECONÓMICA).El funcionario público o el que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, en instituciones o empresas estatales, causare por mala administración o dirección técnica, o porcualquier otra causa, daños al patrimonio de ellas o a los intereses del Estado, será sancionado con privación de libertad de uno a seis años.
Si actuare culposamente, la pena será de reclusión de tres meses a dos años.
ARTICULO 225.(INFIDENCIA ECONÓMICA).El funcionario público o el que en razón de su cargo o funciones se hallare en posesión de datos o noticias que debe guardar en reserva,relativos a la política económica y los revelare, será sancionado con privación de libertad de uno a tres años.
Incurrirá en la misma sanción, agravada en un tercio, el funcionario público o el que en las condiciones anteriores usare o revelare dichos datos o noticias, en beneficio propio o de tercero.
Si obrare culposamente, la pena será rebajada en un tercio.
ARTICULO 226.(AGIO).El queprocurare alzar o bajar el precio de las mercancías, salarios o valores negociables en el mercado o en la bolsa, mediante noticias falsas, negociaciones fingidas o cualquier otro artificio fraudulento, incurrirá en privación de libertad de seis meses a tres años, agravándose en un tercio si se produjere cualquiera de estos efectos.
Será sancionado con la misma pena el que acaparare u ocultaremercancías provocando artificialmente la elevación de precios.
ARTICULO 227.(DESTRUCCIÓN DE PRODUCTOS).El que destruyere ARTICULOS de abastecimiento diario, materias primas o productos agrícolas o industriales o medios de producción, con grave perjuicio de la riqueza o del consumo nacionales, será sancionado con privación de libertad de uno a tres años.
ARTICULO 228.(CONTRIBUCIONES Y VENTAJASILEGÍTIMAS): El que abusando de su condición de dirigente sindical o el que simulando funciones, representaciones, instrucciones u órdenes superiores, por sí o por interpuesta persona exigiere u obtuviere dinero u otra ventaja económica, en beneficio propio o de tercero, será sancionado con privación de libertad de uno a tres años.
Si el autor fuere funcionario público, la pena será agravada en untercio.
ARTICULO 229.(SOCIEDADES O ASOCIACIONES FICTICIAS): El que organizare o dirigiere sociedades, cooperativas u otras asociaciones ficticias, para obtener por este medio beneficios o privilegios indebidos, será sancionado con privación de libertad de seis meses a tres años y multa de cien a quinientos días.
Si fuere funcionario público el que por sí o por interpuesta persona cometiere...
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