Codigo procesal penal
TERRITORIALIDAD DE LA LEY PENAL ARTICULO 4. Salvo lo establecido en tratados internacionales, este Código seaplicará a toda persona que cometa delito o falta en el territorio de la República o en lugares o vehículos sometidos a su jurisdicción. EXTRATERRITORIALIDAD DE LA LEY PENAL ARTICULO 5. Este Código también se aplicará: 1o. Por delito cometido en el extranjero por funcionario al servicio de la República, cuando no hubiere sido juzgado en el país en el que se perpetró el hecho. 2o. Por delito cometido ennave, aeronave o cualquier otro medio de transporte guatemalteco, cuando no hubiere sido juzgado en el país en el que se cometió el delito. 3o. Por delito cometido por guatemalteco, en el extranjero, cuando se hubiere denegado su extradición. 4o. Por delito cometido en el extranjero contra guatemalteco, cuando no hubiere sido juzgado en el país de su perpetración, siempre que hubiere acusación departe o del Ministerio Público y el imputado se hallare en Guatemala. 5o. Por delito que, por tratado o convención, deba sancionarse en Guatemala, aun cuando no hubiere sido cometido en su territorio. 6o. Por delito cometido en el extranjero contra la seguridad del Estado, el orden constitucional, la integridad de su territorio, así como falsificación de la firma del Presidente de la República,falsificación de moneda o de billetes de banco, de curso legal, bonos y demás títulos y documentos de crédito. SENTENCIA EXTRANJERA ARTICULO 6. En los casos de los incisos 1o. y 6o. del artículo anterior, el imputado será juzgado según la ley guatemalteca, aun cuando haya sido absuelto o condenado en el extranjero. La pena o parte de ella que hubiere cumplido, así como el tiempo que hubiere estadodetenido, se abandonará al procesado. En los demás casos, si hubiere condena, se aplicará la ley más benigna. La sentencia extranjera producirá cosa juzgada. EXCLUSIÓN DE LA ANALOGÍA ARTICULO 7. Por analogía, los jueces no podrán crear figuras delictivas ni aplicar sanciones. EXTRADICIÓN
ARTICULO 8. La extradición sólo podrá intentarse u otorgarse por delitos comunes. Cuando se trate deextradición comprendida en tratados internacionales, sólo podrá otorgarse si existe reciprocidad. En ningún caso podrá intentarse ni otorgarse la extradición por delitos políticos, ni por delitos comunes conexos con aquéllos. LEYES ESPECIALES ARTICULO 9. Las disposiciones de este Código se aplicarán a todas las materias de naturaleza penal, reguladas por otras leyes, en cuanto éstas, implícita o...
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