Codigo tributario de nicaragua
Capítulo I
Naturaleza y Alcances
Sección I
Principios Generales
Artículo 105.- Las disposiciones contenidas en este Título se aplican a todas las infracciones tributarias. Sus sanciones son de carácter administrativo y se aplicarán, sin perjuicio de las que imponga la autoridad judicial por responsabilidades civiles y penales.
Artículo 106.- Laspresunciones legalmente establecidas admiten prueba en contrario dentro de los plazos establecidos en este Código.
Sección II
Responsabilidad
Definición
Artículo 107.- La responsabilidad por la comisión de infracciones no transciende de la persona del infractor, salvo las excepciones contenidas en este Código.
Únicamente son responsables de las infracciones administrativas tributariaslos autores de las mismas.
Son autores de las infracciones administrativas y de los delitos tributarios quienes realicen el hecho u omisión por si solos conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
Eximentes
Artículo 108.- Son causas que liberan de responsabilidad administrativa, civil y penal, las siguientes:
1. La incapacidad legal y absoluta conforme loestablece el Código Civil;
2. El caso fortuito o la fuerza mayor debidamente demostrada.
Autores
Artículo 109.- Son responsables de los delitos tributarios los autores, teniéndose como tales a quienes tomen parte directa en la ejecución del hecho u omisión y los partícipes, entendiéndose como tales a los:
a) Inductores: Son los que inducen directamente a otro a ejecutar el hecho u omisión;b) Cooperadores Necesarios: Son los que participen en la ejecución de hechos u omisiones, sin los cuales no se hubieren efectuado los mismos; y
c) Cómplices: Son los que cooperan en la ejecución del hecho u omisión con actos anteriores o simultáneos.
Concurso de Infractores
Artículo 110.- Se aplicará la misma sanción penal que al autor principal, a:
1. Los inductores ycooperadores necesarios, considerándose tales a los que financien, instiguen o ayuden de cualquier manera al autor, según el caso;
2. Al que para su provecho adquiera o tenga en su poder, oculte, venda o colabore en la venta o negociación de mercaderías u objetos respecto de los cuales sepa o deba saber conforme a las circunstancias, que se ha cometido una infracción;
A los cómplices se les aplicaráuna sanción correspondiente a la mitad de la pena que se le aplica al autor.
Suspensión del Ejercicio
Artículo 111.- A los profesionales, agentes o gestores que realicen las infracciones administrativas dolosas previstas en este Código, lo mismo que aquellos gestores que suministren datos falsos sobre la empresa por la que ellos gestionan, además de las sanciones aplicables, el TribunalTributario Administrativo podrá suspenderlos en el ejercicio de sus actuaciones ante el Fisco por el término de uno a dos años, siempre que tal desempeño profesional requiera autorización de parte de la Administración Tributaria.
Responsabilidad Administrativa de Personas Jurídicas
Artículo 112.- Las personas jurídicas, entidades o colectividades y sociedades de hecho, podrán ser sancionadaspor la comisión de infracciones administrativas tributarias establecidas en este Código.
Responsabilidad de los Socios
Artículo 113.- Los Socios y Miembros de las Juntas Directivas, así como los gerentes de las personas jurídicas que realicen operaciones de forma anómala que genere como consecuencia la comisión de una infracción administrativa o delito tributario, serán responsablespersonalmente por el incumplimiento de todas las obligaciones fiscales correspondientes.
Capítulo II
Ilícitos Tributarios
Sección I
Infracciones Administrativas Tributarias
Concepto de Ilícito Tributario
Artículo 114.- Constituye ilícito tributario todo incumplimiento de normas tributarias sustanciales o formales.
Tipos de Ilícitos Tributarios
Artículo 115.- Los ilícitos tributarios se...
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