Codigo
Según explicó el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, enla rueda de prensa posterior al Consejo, aunque no se puede cifrar el número de personas que pueden acogerse a la medida, serán muchos “los esperanzados en poder recuperar este vínculo” con España, delos que la mayoría lo harán en régimen de doble nacionalidad, informa Efe.
La iniciativa responde al cumplimiento de un mandato del Parlamento que recogía la Ley de 16 de diciembre de 2006 denominadaEstatuto de los Derechos de los españoles en el extranjero. A juicio de López Aguilar, este Estatuto supone “un indicador de la calidad y consistencia del patriotismo constitucional” que supone velarpor los derechos de los ciudadanos “estén o no en España”. El Código Civil vigente exige que, para optar a la nacionalidad española, el padre o la madre de quien la solicite debe ser originariamenteespañol y, además, que haya nacido en España. Así, los nietos de emigrantes españoles cuyos padres no habían nacido en España no podían acceder a la nacionalidad.
Fuente: El País Documentos rectoresPublicación en el Boletín Oficial del Estado de la LEY 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución oviolencia durante la guerra civil y la dictadura.
Publicación en el Boletín Oficial del Estado de la INSTRUCCIÓN de 4 de noviembre de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado,sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
INLas lenguas cambian de continuo, y lo hacen de modo...
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