COIP
SIE Derecho Penal, SIE-PEN-14/01
FUENTE: Suplemento del Registro Oficial No. 180
FECHA: 10 de Febrero de 2014.
ASUNTO: Código Orgánico Integral Penal.
Código Orgánico Integral Penal emitido por el Pleno de la Asamblea Nacional: Siempre atentos a las necesidades de nuestros suscriptores y considerando la importancia que tiene la norma en referencia, remitimos a usted su textocompleto:
Considerando:
Que el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador enmarca al ordenamiento jurídico nacional dentro de los lineamientos de un Estado constitucional de derechos y justicia y que es necesario realizar cambios normativos que respondan coherentemente al espíritu de la Constitución;
Que en el inciso primero del artículo 424, se ordena que la Constitución es la NormaSuprema del Estado y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico y, por lo tanto, las normas y los actos del poder público deben mantener conformidad con las disposiciones constitucionales;
Que el literal b), numeral 3, del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y garantiza a las personas una vida libre de violencia en el ámbito público y privado yordena la adopción de medidas para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia; en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual;
Que la Constitución, deconformidad con el artículo 75, reconoce a las personas el derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad, y que en ningún caso quedarán en indefensión;
Que el artículo 76 de la Constitución ordena que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquierorden, como en el caso de los penales, se asegurará las garantías que integran el debido proceso, garantías de la defensa para la persona procesada y garantías para las víctimas, que deben ser canalizadas a través de la ley penal;
Que la Constitución reconoce a las personas privadas de libertad, de conformidad con el artículo 51, el derecho a no ser aisladas, a comunicarse, a recibir visitas, adeclarar sobre el trato recibido, a contar con recursos humanos y necesarios para gozar de salud integral, a la atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas, y a recibir atención preferente y especializada en el caso de personas adultas mayores, mujeres embarazadas o en período de lactancia, con capacidades especiales, enfermas o adolescentes;Que la Constitución prescribe en el artículo 78 que las víctimas de infracciones penales tendrán derecho a protección especial, a no ser revictimizadas y a que se adopten mecanismos para una reparación integral que incluya el conocimiento de la verdad, restitución, indemnizaciones, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado;
Que de acuerdo con el artículo 80 dela Constitución las acciones por infracciones de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas y agresión a un Estado serán imprescriptibles;
Que de acuerdo con el artículo 233 de la Constitución, las acciones y las penas por las infracciones de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito son imprescriptibles;
Que de acuerdo con el inciso cuarto delartículo 396 de la Constitución, las acciones legales para perseguir y sancionar los daños ambientales son imprescriptibles;
Que de conformidad con el artículo 76 de la Constitución se debe establecer la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, deben existir sanciones no privativas de la libertad, las que tienen que respetar los derechos de las personas y ser...
Regístrate para leer el documento completo.