Colaboración entre el poder ejecutivo y el legislativo
(EJEMPLOS)
Artículo 6.- Los servicios de publicidad de que disponga el Poder Ejecutivo deberán dar preferencia a las publicaciones de losotros actos del Congreso Nacional y de las Cámaras Legislativas que estos organismos o sus Presidentes acuerden publicar; sin perjuicio de que las propias Cámaras efectúen aquellas directamente.Artículo 7.- En la GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA deberá darse preferencia a la publicación de las Leyes, y a la de los Acuerdos y demás actos de las Cámaras Legislativas, cuyapublicación en dicha GACETA sea ordenada legalmente o resuelta por las propias Cámaras o por sus Presidentes.
Artículo 8.- En la GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA deberán publicarse losDecretos dictados por el Poder Ejecutivo en uso de su facultad de reglamentar las leyes, y los Reglamentos de carácter orgánico de acuerdo con el numeral 11 del artículo 100 de la Constitución Nacional.Artículo 9.- En la GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, se publicarán además los Decretos, Resoluciones y otros actos del Poder Ejecutivo que por mandato legal o a juicio de aquelrequieran publicidad; sin perjuicio de que dichos actos tengan la debida autenticidad y vigor sin el requisito de la publicación.
En cuanto al Presidente de la República, se recurre a la obligación depresentar cada año, un "mensaje" ante la Asamblea Nacional, para "...dar cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior"(Art. 237 Const. 99).
En la Const.99, el control político así como los mecanismos propios para su ejercicio, se atribuye a la Asamblea Nacional como órgano del Poder Legislativo, cuyas competenciasestán determinadas en el Artículo 187, entre las cuales la tercera atribución es la que atañe específicamente al Control Parlamentario, cuando establece:
Artículo 187: ... 3:
"Ejercer...
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