Colaboracion eficaz
Antecedes.-
El nuevo código mantiene el Procedimiento de Beneficios por Colaboración Eficaz que ya regula la LEY 27378, para casos de Crimen Organizado y Corrupción, creado en Diciembre del año 2000 para los casos vinculados a los sucesos ocurridos en la Década del 90.
El proceso de colaboración eficaz, es una importación de la legislaciónAntiterrorista Española, Italiana, Alemana, y Colombiana; y constituye una forma “Sui Generis” de despenalización, conocido también en la doctrina como “ DERECHO PENAL PREMIAL” que descansa en la figura del arrepentido. Procedimiento este, mediante el cual el imputado se arrepiente de sus hechos y reconoce ante la autoridad haber participado en la comisión de un determinado hecho delictivo,proporcionando información suficiente y eficaz a fin de que se llegue a prevenir o reprimir eficazmente el delito. Mas que un arrepentimiento moral, lo que implica es un arrepentimiento convenido debido a que los beneficios que se le otorga a la persona arrepentida tienen el carácter de ser transaccionales en cuanto suponen para el beneficiario el suministro de una información, prueba, delación efectiva etc. A cambio de una exacción de la pena, rebaja de la misma, beneficios personales etc. El Derecho Penal Premial se utilizó por primera vez en nuestro país en los procesos por “Terrorismo”: con el Nuevo Código se amplía aunque no a todos, si a mas tipos penales.
Antecedentes legales
A.LEY No. 27378.
Dada el 20 .DIC.2000 ley que establece beneficios por COLABORACION EFICAZ, en el ámbitode la Criminalidad Organizada.
- Resolución No.072-2001-MP-FN del 22.01.2001-MP- FN:
Instrucciones necesarias de orientación sobre delitos respectos de los cuales se establece
Beneficios por Colaboración Eficaz en el ámbito de la Criminalidad Organizada. –
-Resolución No 072-2001-MP-FN del 22-01-2001:
Establece la intervención de los Fiscales en el marco de La ley No 27378,la misma que se deberá ajustar al Procedimiento Penal Especial y a las Medidas de Protección.
- Resolución No 071-2001-MP-FN del 22-01-2001:
Aprueba la Directiva No 02-2001- MP-FN. Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador.
B.LEY No 27379 del 20-DIC-2000:
La ley de Procedimiento que permite la limitación de Derechos en las Investigaciones Preliminares. Las medidaslimitativas se podrán dictar en los siguientes casos:
• Delitos perpetrados por una puridad de personas (Bandas) o por Organizaciones Criminales.
• Delito de Peligro Común.
• Delito de Terrorismo. ANTECEDENTES.- La LEY 27380 del 20. DIC. 2000 – Ley que faculta al Fiscal de la Nación a designar Equipo de Fiscales para casos complejos y para determinados delitos.
Concepto
LaColaboración Eficaz, es un Procedimiento de Negociación entre el Fiscal y el Imputado y su Abogado Defensor que permite llegar a conocer como se realizó el delito, las personas que intervinieron los medios que utilizaron para su ejecución, descubrir las pruebas y recuperar los bienes o el dinero apropiados o sustraídos que se encuentren fuera del país.
Por otro lado el nuevo Código Procesal Penal aborda elProceso por Colaboración Eficaz
desde el artículo 472, y siguientes hasta el articulo481, los mismos que establecen sus Objetivos, ámbitos de aplicación, las diligencias propias de comprobación de la información aportada, los beneficios que se otorgan, el acuerdo, la Resolución Judicial aprobando o no el acuerdo, así como las Medidas de Protección al colaborador, agraviado, testigos y peritosque comprende. Se aplica tanto a Imputados que se encuentran siendo procesados, como aquellos sobre los que recae una sentencia penal, y sobre la figura del arrepentido que admite la totalidad o solo algunos de los cargos realizados por el ministerio público sobre los que no se admiten se continua con el proceso afín de que sean resueltos con la sentencia.
La decisión de colaborar y la...
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