Colon V Glamourous Nails
2006 DTS 016 COLON V. GLAMOROUS NAILS & BOUTIQUE 2006TSPR016
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Dolores Colón
Demandantes-Recurridos
v.
Glamorous Nails & Boutique,
Inc., Marta Larissa Alvarado
de Silverio, et. als.
Demandados-Recurrentes
Certiorari
2006 TSPR 16
166 DPR ____Número del Caso: CC-2004-275
Fecha: 3 de febrero de 2006
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón
Juez Ponente: Hon. Nydia Cotto Vives
Abogado de la Parte Recurrente: Lcdo. Ramón L. WalKer Merino
Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo.Rafael Román Jiménez
Materia: Derecho Contractual, Incumplimiento de Contrato, la doctrina de culpa in contrahendo de por sí debe ser aplicada restrictivamente. Se resuelve que el deber de indemnizar por el rompimiento culposo de los tratos preliminares alcanza, de ordinario, tan solo al llamado “interés negativo”, es decir, a la reparación de los gastos sufridos y pérdidas patrimonialesderivadas del proceder arbitrario de la parte que incurre en culpa.
ADVERTENCIA
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Opinión del Tribunalemitida por la Jueza Asociada SEÑORA FIOL MATTA
San Juan, Puerto Rico, a 3 de febrero de 2006.
La co-demandada recurrente, Marta Larissa Alvarado de Silverio, nos solicita que revoquemos la sentencia del Tribunal de Apelaciones fechada 30 de enero de 2004, que confirmó al Tribunal de Primera Instancia, respecto a la existencia de daños bajo la doctrina culpa incontrahendo. Examinado el expediente apelativo y el derecho aplicable y por las razones que habremos de exponer, modificamos la sentencia recurrida y así modificada, se confirma.
I.
Los hechos medulares del presente recurso se resumen a continuación. En el mes de enero de 2000, la Sra. Marta Larissa Alvarado, Presidenta de Glamorous Nails & Boutique, Inc.,[1] se comunicótelefónicamente con la Sra. Dolores Colón[2] para informarle que tenía planificado vender su negocio de arreglo de uñas y le preguntó si le interesaba comprarlo. En esta misma conversación telefónica la señora Alvarado le comunicó a la señora Colón que el precio de compraventa era de $350,000. La señora Colón manifestó interés en adquirir el negocio y se comprometió a consultarlo con su esposo, el Sr.Fidencio Aldamuy. Posteriormente, la señora Colón se comunicó con la señora Alvarado para reiterarle su interés en comprar el negocio y solicitó una reunión a los fines de comenzar el proceso de negociación.
Así las cosas, en o alrededor del mes de marzo de 2000, la señora Alvarado nuevamente le ofreció a la señora Colón venderle todos los activos de Glamorous Nails & Boutique, Inc. por el precio de$350,000.00. Se reunieron entonces para discutir la oferta. El Sr. Rafael Silverio, esposo de la señora Alvarado participó en esa reunión. Entre otras cosas, la señora Colón indagó sobre la disposición de los esposos a financiar parte del precio de compraventa.
Para el mes de febrero o marzo de 2000, la señora Colón contrató a la Contadora Pública Autorizada (“C.P.A.”) Carmen Román para que laorientara en cuanto a la conveniencia de realizar el negocio y los planes para materializar el mismo. La C.P.A. Román le indicó a la señora Colón que para ello necesitaba cierta información, a saber: el volumen de ventas del negocio, los seguros que poseía y los gastos. La señora Colón solicitó la información y la señora Alvarado le entregó el libro de apuntes relacionados con las ventas...
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