Combenio cambiario
CONVENIO CAMBIARIO Nº 16
GACETA OFICIAL: # 39.382 del 9 de marzo de 2010
ENTE EMISOR: Ejecutivo Nacional y Banco Central de Venezuela
NORMA: Convenio Cambiario Nº16 de fecha 9 de marzo de 2010
OBJETO/TÍTULO: DEFINICIONES DE VARIADOS SUPUESTOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS NUEVAS TASAS DE CAMBIO
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: Se fija enBs.F. 2,60 (Bs. viejos 2.600,00) por dólar de EUA la tasa de cambio para las operaciones de VENTA de divisas efectuadas por el BCV a organismos e instituciones internacionales en los que participa laRepública en virtud de acuerdos o convenios internacionales ratificados por ésta y vigentes para la fecha de la solicitud, siempre y cuando tales divisas sean adquiridas con aportes locales y sedestinen a programas de financiamientos para el desarrollo socioeconómico que ejecuten dichos organismos e instituciones
NOTA 2: Se fija en Bs.F. 2,60 (Bs. viejos 2.600,00) por dólar de EUA la tasa decambio para las operaciones de VENTA de divisas efectuadas a organismos e instituciones internacionales arriba mencionados, destinadas a financiamientos por ellos otorgados con ocasión de acuerdossuscritos entre cualesquiera de sus paises miembros para la promoción del comercio intraregional y el desarrollo de sus sectores productivos, en el ámbito de la integración latinoaméricana y caribeña
NOTA3: Se fija en Bs.F. 4,2893 (Bs. viejos 4.289,30) por dólar de EUA la tasa de cambio para las operaciones de COMPRA de divisas efectuadas por el BCV a organismos e instituciones internacionales enlos que participa la República en virtud de acuerdos o convenios internacionales ratificados por ésta y vigentes para la fecha de la solicitud, que estuvieren depositados en cuentas del BCV y derivadasde aportes provenientes del exterior destinados a financiar programas para el desarrollo ejecutados por dichos organismos e instituciones
NOTA 4: Se fija en Bs.F. 4,2893 (Bs. viejos 4.289,30) por...
Regístrate para leer el documento completo.