Comedor Y Biohuerto
Nº 012-2012-EF/50.01
Lima, 06 de junio de 2012.
CONSIDERANDO:
Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley
Marco de laAdministración Financiera del Sector Público, en concordancia con los
artículos 3° y 4° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
disponen que la Dirección General de PresupuestoPúblico es el órgano rector y
constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto,
y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestióndel
proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias
pertinentes;
Que, asimismo, el literal e) del artículo 4° de la Ley N° 28411 dispone que es
atribución de laDirección General de Presupuesto Público, la promoción del
perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;
Que, como parte de las reformas en materia de gestión presupuestaria que vieneimplementando la Dirección General de Presupuesto Público con la finalidad de reforzar
la calidad del gasto público, y a efectos de realizar las acciones correspondientes a la
fase de programación yformulación presupuestaria 2013, es preciso se apruebe una
nueva Directiva que comprenda las pautas y procedimientos de carácter general
orientados a que los pliegos del Gobierno Nacional, losGobiernos Regionales y los
Gobiernos Locales, y los organismos públicos y empresas no financieras de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto
institucionalcorrespondiente al año fiscal 2013;
Que, la referida Directiva comprenderá en su alcance a los organismos públicos y
empresas no financieras de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, siéndoleaplicable tanto las disposiciones sobre programación y formulación consideradas en la
Directiva como las disposiciones especiales consideradas en el Capítulo IV
“Disposiciones Especiales para cada...
Regístrate para leer el documento completo.