Comentario del art 333 al 339 de la constitucion de venezuela
DE LA PROTECCIÓN DE ESTA CONSTITUCIÓN
Capítulo I
De la Garantía de esta Constitución
Artículo 333. Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.
En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaboraren el restablecimiento de su efectiva vigencia.
Este artículo refiere a que la constitución no podrá bajo ningún concepto ni por fuerza mayor ser anulada y si esto llegase a ocurrir todo venezolano con autoridad o sin ella está en el deber de colaborar con su total restablecimiento
Artículo 334. Todos los jueces o juezas de la República, en el ámbito de sus competencias y conforme a loprevisto en esta Constitución y en la ley, están en la obligación de asegurar la integridad de esta Constitución.
En caso de incompatibilidad entre esta Constitución y una ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales, correspondiendo a los tribunales en cualquier causa, aún de oficio, decidir lo conducente.
Corresponde exclusivamente a la Sala Constitucional delTribunal Supremo de Justicia como jurisdicción constitucional, declarar la nulidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución o que tengan rango de ley, cuando colidan con aquella.
Esta referido a los señores encargados de repartir justicia están en la obligación de asegurar que la constitución se cumplaliteralmente
En el caso de que haya diferencias entre la constitución y una ley u otra norma jurídica se aplicaran las disposiciones constitucionales quedando en manos de los jueces que están impartiendo justicia decidir
El tribunal supremo de justicia se aboca a dejar sin efecto las leyes y demás actos de los órganos de poder publico en ejecución directa e inmediata de la constitución que tenganrango de ley cuando chocan con aquella
Artículo 335. El Tribunal Supremo de Justicia garantizará la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales; será el máximo y último intérprete de la Constitución y velará por su uniforme interpretación y aplicación. Las interpretaciones que establezca la Sala Constitucional sobre el contenido o alcance de las normas y principiosconstitucionales son vinculantes para las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República
El TSJ es el máximo ente que garantiza que la constitución está por encima de todas las leyes e igualmente garantiza la efectividad de las normas y principios constitucionales, cuando las sala constitucional tiene que revisar el alcance alguna norma o principio constitucionales,obliga a las demás salas del TSJ y demás tribunales de la republica a ceñirse a lo que ella dicta
Artículo 336. Son atribuciones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia:
1. Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con esta Constitución.
2. Declarar la nulidad total o parcial de lasConstituciones y leyes estadales, de las ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de los Estados y Municipios dictados en ejecución directa e inmediata de esta Constitución y que colidan con ella.
3. Declarar la nulidad total o parcial de los actos con rango de ley dictados por el Ejecutivo Nacional, que colidan con esta Constitución.
4. Declarar la nulidad total oparcial de los actos en ejecución directa e inmediata de esta Constitución, dictados por cualquier otro órgano estatal en ejercicio del Poder Público, cuando colidan con ésta.
5. Verificar, a solicitud del Presidente o Presidenta de la República o de la Asamblea Nacional, la conformidad con esta Constitución de los tratados internacionales suscritos por la República antes de su ratificación....
Regístrate para leer el documento completo.