Comentario Sentencia
La sentencia trata del caso de Transportes Otero Villar SL, cuyo administrador D. Faustino es acusado culpable por incumplir eldeber contable de la empresa. Se le acusa de incumplir el artículo 25 del código de comercio, lo incumple porque este artículo entre otras cosas dice quetiene que llevar una contabilidad ordenada, pero la pega es que esta sociedad en el año 2007 y 2010 no aporto contabilidad, y la de 2008 y 2009 aparte de estarincompleta, no está tramitada en el Registro Mercantil. La administración concursal afirma tenerla e incluso proporciona hasta tres contabilidades distintas,hecho que no se entiende porque ni si quiera tiene una contabilidad oficial debidamente legal.
Al no llevar una contabilidad oficial conforme al derecho, eladministrador puede falsear datos como se ve en el hecho de presentar a la empresa de manera saneada ante terceros para que estos terceros no tuvieran miedoa contratarlos, y aportar datos incompletos como el hecho de que no puede saberse que maquinaria y utillaje salió de forma fraudulenta, ya quedescapitalizaron la sociedad antes del concurso.
Se le condena a D. Faustino a tres años de inhabilitación como administrador de bienes ajenos, y como representante oadministrador de cualquier persona, también se le condena a abonar a los acreedores el 30% de lo que se le deba tras la liquidación del activo, y a no tenerderecho a cualquier derecho que tenga como acreedor.
Bajo mi punto de vista el veredicto me parece el apropiado aunque, solo tres años lo considero insuficiente.
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