Comentario a la STS de 13 de junio de 2008

Páginas: 16 (3954 palabras) Publicado: 20 de noviembre de 2013
A VUELTAS CON LAS GARANTÍAS
DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL
(Comentario a la STS de 13 de junio de 2008)
JORGE ALGUACIL GONZÁLEZ-AURIOLES
Profesor Contratado Doctor de Derecho Constitucional
UNED

SUMARIO
I. Los derechos y bienes constitucionales
en conflicto en la sentencia del Tribunal
Supremo de 13 de junio de 2008.
II. Los fundamentos de la sentencia.
III. Sobre las garantías de laindependencia
judicial.

Es clásica la afirmación de que ningún derecho o bien constitucional es
ilimitado1. En nuestra moderna democracia pluralista los derechos y bienes
constitucionales se interrelacionan y limitan entre sí. De hecho, el propio
constituyente previó explícitamente un supuesto de colisión entre derechos,
concretamente, entre la libertad de expresión y el derecho al honor(artículo
20.4 CE): la libertad de expresión encuentra un límite en el necesario respeto
al honor, la intimidad, la propia imagen y la protección de la juventud y la infancia. La doctrina, por lo demás, se ha prodigado en analizar el sentido y el
alcance de este conflicto entre derechos2.
1 Si bien tal afirmación podría imponer ciertas reflexiones sobre el valor de la dignidad de la
persona, elderecho a la vida y la prohibición de la tortura, cfr. GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, I., Dignidad
de la persona y derechos fundamentales, Madrid-Barcelona: Marcial Pons, 2005, págs. 25 y ss.
2 Cfr, a modo de ejemplo, BALAGUER CALLEJÓN, M.L, El derecho fundamental al honor, Madrid: Tecnos, 1992, BASTIDA FREIJEDO, F; VILLAVERDE MENÉNDEZ, I., Libertades de expresión e información y medios de comunicación,Pamplona: Aranzadi, 1998, LÓPEZ GUERRA, L., «Límites a las libertades de expresión e información. Honor e intimidad», Información y libertades públicas en
España, Madrid, 1989, SOLOZÁBAL ECHAVARRÍA, J. J., «Aspectos constitucionales de la libertad de expresión y el derecho a la información», Revista de Estudios Políticos n.o 71.

UNED. Teoría y Realidad Constitucional, núm. 23, 2009, pp.481-489.

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JORGE ALGUACIL GONZÁLEZ-AURIOLES

Ahora bien, la evolución de nuestro régimen constitucional ha multiplicado los supuestos de colisión entre derechos, por ejemplo entre la misma libertad de expresión y los derechos que dimanan del artículo 24 CE y entre éstos entre sí; lo prueba esta sentencia del Tribunal Supremo que, justo por ello,
adquiere una especial significación que lahace merecedora, al menos, de
unas breves glosas. Comenzaremos analizando el conflicto planteado en la
sentencia, y así los diferentes derechos y bienes constitucionales en liza (1).
No interesa tanto el fallo específico de la sentencia, por lo demás fácilmente
predectible; importa sobre todo las consideraciones realizadas en sus fundamentos jurídicos, pues a partir de ellas podremos comprendercuándo la libertad de expresión y de actuación de las partes procesales puede afectar a la
independencia judicial y cuándo no (2). Esta distinción resulta básica para entender los riesgos reales que tiene el ejercicio de este derecho en la independencia judicial, lo que nos debe llevar a reflexionar sobre la necesidad de
alcanzar una interpretación recíprocamente conforme entre estos derechos ybienes constitucionales (3).

I. LOS DERECHOS Y BIENES CONSTITUCIONALES
EN CONFLICTO EN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
DE 13 DE JUNIO DE 2008
I.1. LOS

ANTECEDENTES DE LA SENTENCIA

La sentencia trae causa del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Jorge Laguna Alonso en nombre y representación de
D. Alberto López Jurado contra la resolución del Pleno delConsejo del Poder
Judicial, de fecha 15 de septiembre de 2005. Merced a la misma, se concedió
amparo por el Consejo General del Poder Judicial a la Juez del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción de Vilanova y la Giltrú por entender que las
diversas actuaciones realizadas por el Letrado Sr. Lajara Hernández y el Procurador Sr. López Jurado tenían por finalidad la perturbación de la...
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