Comentario
"Esas circunstancias se relacionan con la existencia de un plan sistemático para promover la impunidad en materia de violación de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, particularmente de los actos cometidos por el grupo Colina,al cual se vincula al recurrente"
Tribunal Constitucional
Sentencia sobre acción de amparo 2005
La función expresa del grupo Colina, según como literalmente lo define Villa Stein y la Sala Plena con esta sentencia, estuvo “dirigida a la eliminación física de los mandos militares de PCP-SL y delincuentes terroristas", es decir, literalmente la función era eliminar delincuentes sin procesojudicial.
Lo que es peor, la sentencia redefine el concepto de terrorista al no reconocerlo como parte de la población civil, es decir, lo define como fuerza beligerante, un estatus que el estado por décadas se ha esforzado por no concederles para evitar clasificarlos como combatientes y prisioneros de guerra con todos los beneficios que ello significa. Es decir, no sólo que se contradice alnegarle ser parte de la población civil y al mismo tiempo denominarlos como "delincuentes terroristas" (es decir, parte de la población civil), sino que esta sentencia beneficia a los terroristas ya que les reconoce un status y derechos que no les corresponde y que han pedido por años, el debe ligerante.
"Yo le digo al señor Humala que esos sí son simples delincuentes terroristas, no una fuerzabeligerante"
Rafael Rey
Respecto al libro "De Locumba a candidato a la presidencia del Perú"
"Darle la condición de beligerantes significa que no se le llama terroristas sino enemigos, que existe en posesión de este grupo una parte del territorio en el que tienen manejo administrativo y político. Eso significa negar que Sendero atacó por la espalda y que utilizó métodos terroristas comoasesinatos, secuestros y atentados"
Rolando Sousa
Ex congresista fujimorista
En principio, para tener el estatus de combatiente, prisionero de guerra o parte de una fuerza beligerante, según el Tercer Convenio de Ginebra suscrito en 1929 y actualizado en 1949, se debe ser parte de un regimiento bajo las órdenes de un mando responsable, vestir un uniforme, mostrar sus armas, y respetar las reglasde la guerra y el derecho humanitario, es decir, enfrentamientos abiertos y frontales, y aunque esto no se cumple estrictamente, queda claro que terroristas y espías se encuentran excluidos de la calificación dado que sus modus operandi no cumple con los requisitos mencionados y no califican para un estatuto especial con arreglo al derecho que rige los conflictos armados no internacionales,...
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