Comentarios A La Incorporaci N De La Norma VII Al C Digo Tributario

Páginas: 6 (1267 palabras) Publicado: 29 de julio de 2015
Comentarios a la incorporación de la Norma VII al Código Tributario- Perú
 
 
Francisco Manuel  
PANTIGOSO VELLOSO DA SILVEIRA
E
l autor analiza los alcances del texto de la Norma VII derogada y los compara con el texto aprobado con motivo de la reciente reforma tributaria, a través del Decreto Legislati- vo Nº 1117, y puntualiza los efectos que, en su opinión, implicará su incorporación alsistema tributario nacional, respecto de las exoneraciones, incentivos o beneficios que actualmentes e encuentran vigente
INTRODUCCIÓN
El 9 de junio último fue publicada la Ley N° 29884, por la cual se delegó en el Poder Ejecutivo por un plazo de 45 días calendario, la facultad de legislar en materia tributaria, aduanera y de delitos tributarios y aduaneros. En el marco de dicha delegación, el 7 dejulio de 2012 se publicó el Decreto Legislativo N° 1117 que modificó el Texto Único Ordenado del Código Tributario. Entre las modificaciones introducidas , la que concierne al presente informe es la incorporación de la Norma VII al Título Preliminar.
(1) I. ANTECEDENTES
La Norma VII siempre fue motivo de atención del legislador. En efecto, como se recordará, el Código Tributario aprobadomedianteDecreto Legislativo N° 816 y cuyo Texto Único Ordenado fue apro- bado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, estableció en su original Norma VII qué: “Toda exoneración o beneficio tributario concedido sin señalar plazo, se entenderá otorgado por tres (3) años. No hay prórroga tácita”(Ver cuadro N° 1).
(2) Posteriormente, dicha Norma fue modificada por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 953 ,estableciéndose que: “(…) El articulado de la propuesta legislativa deberá señalar de manera clara y detallada el objetivo de la medida, y a los beneficiarios de la misma; así como fijar el plazo de vigencia de los incentivos o exoneraciones tributarias, el cual no podrá exceder de tres (3) años (…) Toda exoneración o beneficio tributario concedido sin señalar plazo, se entenderá otorgado por tres (3)años. No hay prórroga tácita”. (Ver cuadro N° 2). (*) Catedrático de la Universidad del Pacífico. Miembro de IFA-Grupo peruano y del Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT).(3)
Por último, con fecha 15 de marzo de 2007, se publicó el Decreto Legislativo N° 977, denominado “Decreto Legislativo que establece la ley marco para la dación de exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios”, elcual derogó la Norma VII del Título Preliminar delCódigo Tributario. Cabe señalar que con la publicación de la Ley N° 29742 el 9 de julio de 2011,se derogó el referido Decreto Legislativo N° 977, quedando los beneficiostributarios carentes de norma marco(Ver cuadro N° 3).
• La incorporación de la Norma VII a• La incorporación de la Norma VII alSistema Jurídico-Tributario peruanoSistemaJurídico-Tributario peruano Corresponde señalar que existen fundadas diferencias jurídicas entre la exoneración, beneficios e incentivos tributarios, exención, no sujeción, no incidencia e inmunidad tributaria. Sin embargo, tratar dichas desigualdades no es la materia que nos convoca en esta oportunidad. En relación con el tema, solo citaremos parte de la Sentencia
(1) A saber: la opción de señalar eldomicilio procesal dentro de un procedimiento de cobranza coactiva iniciado por la Sunat, aumentar los tipos de embargos que se podrán trabar mediante el sistema informático que proporcione la Sunat, oportunidad máxima para la gradualidad de las sanciones y exclusión del régimen de incentivos a las sanciones que imponga la Sunat.
(2) Publicado el 21/04/1996.
(3) Publicado el 05/02/2004.

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NormaVII del Título Preliminar del Código Tributario se encuentra vigente, en virtud de la Ley 29742 que deroga el “inconstitucional Decreto Legislativo 977″
Alan Emilio Matos Barzola

La referida Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario fue derogado por el “inconstitucional Decreto Legislativo 977″ . No obstante todos tenemos presente que hace unos años, el Tribunal Constitucional...
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