Comentarios a las generalidades del proyecto de código federal de procedimientos penales de méxico en materia de recursos en juicio oral
Luego observamos que a diferencia de nuestra legislación actual, se propone establecer un capítulo I que se denomina disposiciones comunes, y que se ocupa de hacer diversas prevenciones para el trámite de los medios de impugnación.
El artículo 554 habla de una impugnabilidad objetiva. Pero no define cuál es el alcance del concepto deobjetividad, si se refiere a precisión en el concepto de agravios sin posibilidades de suplir la deficiencia; o bien si se refiere a la reexaminación de las resoluciones de primera instancia con los posibles efectos de confirmarlas modificarlas o revocarlas, pero si fuese lo segundo, se contrapone al concepto de medios de impugnación, dado que la revocación se antepone ante el propio juez que emitió elauto y él lo resuelve. Mientras que en los restantes medios de impugnación los resuelve un Superior. En tanto que respecto a lo primero, el nuevo proyecto del Código Federal de Procedimientos Penales definitivamente deroga la posibilidad de la suplencia en los agravios de todas las partes.
No parece necesario precisar que las resoluciones judiciales podrán ser impugnadas sólo por los medios y enlos casos expresamente establecidos en la ley. Puesto que si no hay recurso sería factible acudir a un medio de defensa extrajudicial que es el amparo indirecto. Lo que legislaciones de otros países, como en Chile (que solo hay dos tipos de amparo, el correctivo y el preventivo salvo mejor opinión) tiene el efecto de ser una instancia correctora de una resolución en un procedimiento en donde nose prevé un recurso.
También privilegia al imputado a impugnar una decisión judicial aunque haya contribuido a provocar el vicio de la decisión judicial, en los casos que se lesionen disposiciones legales sobre su intervención, asistencia y representación. Sin embargo de este privilegio es comprensible que escape el órgano técnico de la acusación, pero no así la víctima u el ofendido.
Elartículo 555 del proyecto contiene la esencia del objeto que persigue el artículo 363 del actual código, pero ya no se limita al objeto de la apelación, sino a todos medios de impugnación. Pues mientras que la apelación tradicional del actual código establece que “el recurso de apelación tiene por objeto examinar si en la resolución recurrida no se aplicó la ley correspondiente o se aplicó éstainexactamente, si se violaron los principios reguladores de la valoración de la prueba, si se alteraron los hechos o no se fundó o motivó correctamente.
El Articulo 555 del proyecto establece que “las impugnaciones, según el caso, tienen por objeto examinar si en la resolución recurrida se aplicó o no la ley correspondiente o se aplicó inexactamente, si se violaron los principios de valoración de laprueba, o si se alteraron los hechos.”
Ahora bien, mientras que el artículo 364 del actual código señala que “la segunda instancia solamente se abrirá a petición de parte legítima, para resolver sobre los agravios que estime el apelante le cause la resolución recurrida. Los agravios deberán expresarse al interponerse el recurso o en la vista del asunto. El tribunal de apelación suplirá ladeficiencia de los agravios cuando el recurrente sea el procesado o, siéndolo el defensor, se advierta que por torpeza no los hizo valer debidamente.
El artículo 557 del proyecto dispone que “el derecho de interponer un medio de impugnación corresponde al ministerio público, al acusado y a su defensor, a la víctima u ofendido o su asesor jurídico, en los términos y condiciones que establezca el...
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