Comercio (El Menor De Edad)
Todo menor de edad “emancipado” puede ejercer actos de comercio, pero debe estarautorizado por el padre o la madre, si los padres no existiesen, entonces será el juez de primera instancia en lo civil en su domicilio quien lo autorice. Elmenor debe cumplir con los siguientes requisitos:
* La aprobación del juez.
* El registro previo, de las autorizaciones del juez y de los padres, en laoficina de Registro del menor y en el registro de comercio.
* Las autorizaciones se deben fijar a seis meses.
El menor habilitado de edad puede ejercerlibremente el comercio y enajenar o gravar, en desarrollo del mismo, toda clase de bienes.
Los menores no habilitados de edad que hayan cumplido 18 años ytengan peculio profesional, pueden ejercer el comercio y obligarse en desarrollo del mismo hasta concurrencia de dicho peculio.
Los menores adultos pueden, conautorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección yresponsabilidad de éstas.
POR QUÉ SE REPUTAN MAYORES LOS MENORES HABILITADOS PARA EJERCER EL COMERCIO Y EVENTUALMENTE EJECUTAR ACTOS DE COMERCIO
Se reputan mayores, porel uso que le puedan dar a la autorización conseguida, es decir, si tienen capacidad para obtener una autorización para ejercer actos de comercio, también ladebe tener para aceptar las responsabilidades de los actos que realice, de hecho puede comparecer ante un tribunal y ser enajenado de sus bienes inmuebles…
Regístrate para leer el documento completo.