Comercio Exterior
COMUNIDAD ANDINA
DECISION 453
Procedimiento para la aplicación de preferencias arancelarias a productos incluidos en el Sistema Andino de Franjas dePrecios
LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, EN REUNION AMPLIADA CON LOS MINISTROS DE AGRICULTURA
VISTOS: El Artículo 98 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 y la Propuesta 16/Rev. 2 de la SecretaríaGeneral;
CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Decisión 371 establece que el otorgamiento de concesiones arancelarias a terceros países, en las cuales se afecten productos del Sistema Andino deFranjas de Precios, se llevará a cabo comunitariamente mediante Decisión de la Comisión;
Que los Países Miembros, en Acuerdos Comerciales suscritos con terceros países, han asumido distintos compromisossobre la forma de aplicación de las preferencias arancelarias otorgadas en productos del Sistema Andino de Franjas de Precios, lo cual origina diferencias arancelarias frente a terceros para un mismonivel de preferencia otorgada y conduce a distorsiones en la aplicación del Sistema;
Que es necesario evitar que se produzcan diferencias arancelarias para un mismo nivel de preferencia que seotorgue como resultado de diferentes métodos de aplicación de dicha preferencia a productos que hacen parte del Sistema Andino de Franjas de Precios;
Que para evitar la proliferación de la indicada fuentede distorsiones es necesario establecer un método uniforme para la aplicación de las mencionadas preferencias en los Acuerdos Comerciales nuevos o en la renegociación de los mismos que se suscriban enadelante;
Que el Consejo Agropecuario de la Comunidad Andina, en sus XXXIV y XXXV Reuniones, recomendó que la Comisión apruebe la presente Decisión;
Que los señores Ministros de Agricultura de laComunidad Andina, en su XII Reunión, acordaron recomendar la aprobación de la presente Decisión;
DECIDE:
Artículo 1.- En los Acuerdos Comerciales nuevos que suscriban los Países Miembros con...
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