Comercio Internacional
Es la declaración fiscal a través de la cual el contribuyente informa a la autoridad aduanera el destino que dará a las mercancías y comprueba el cumplimiento de obligaciones fiscales asícomo de regulaciones y restricciones no arancelarias que de conformidad con los diferentes regímenes aduaneros, deberán cumplirse.
Ante esta situación, es importante conocer la legislación en lacual se sustenta dicha regulación: En el artículo 36 de la Ley Aduanera vigente se dicta lo siguiente: Obligaciones de Importadores y Exportadores de presentar ante la aduana un pedimento en la formaaprobada por la Secretaria. Articulo 36. Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficialaprobada por la Secretaría. En los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se demuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberáincluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de esas regulaciones o restricciones.
Clase o tipos de Pedimentos:
Pedimento Consolidado
Quienes exporten mercancíaspodrán presentar ante la aduana, por conducto de Agente Aduanal o Apoderado Aduanal, un solo pedimento que ampare diversas operaciones de un solo exportador, al que se denominara pedimento consolidado.Tratándose de las maquiladoras y las empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, también podrán optar por promover el despacho de las mercancías mediante pedimentoconsolidado para su importación.
Pedimento Simplificado
Importación de pasajeros o personas físicas en cruces fronterizos, Aeropuertos Internacionales y Aduanas Marítimas, para mercancías cuyovalor en aduana no exceda el equivalente a mil dólares de los EUA en moneda nacional, declarando las fracciones genéricas 9901.0001 o 9901.0002 o cuatro mil dólares en equipo de computo con la...
Regístrate para leer el documento completo.