COMERCIO MARITIMO: CAPITAN
1. EL CAPITÁN
Constituye una de las más típicas de importantes instituciones del derecho de la navegación, el eje de la expedición, en cuyo derredor se concretan derechos y obligaciones de derecho público y privado que imprimen a esta figura característica singular. Es la persona encargada del gobierno y dirección de un buque, delegado de la autoridad pública para la conservación delorden, y seguridad de los tripulantes, pasajeros y carga. El capitán es quien ejerce el mando de un buque, concepto este que no tiene que corresponder necesariamente a la tripulación profesional que tenga aquel.
Código de Comercio Artículo 627.- El capitán es el encargado del gobierno y dirección de la nave, mediante una retribución.
Es también factor del propietario de la nave y representante delos cargadores en todo lo relativo al interés de la nave y su carga, y al resultado de la expedición.
LEY DE COMERCIO MARÍTIMO
Gaceta Oficial N° 38.351 de fecha 05 de enero del 2006
ASAMBLEA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA LEY DE COMERCIO MARÍTIMO
ARTÍCULO 18: “El Capitán es representante del propietario del buque o del armador, según su caso, y como tal los representajudicial o extrajudicialmente, activa y pasivamente. Es además, representante de los cargadores, para los efectos de la conservación de la carga y resultado de la expedición”.
2. FACULTADES Y PODERES
A él se le atribuyen, Ope legis; distintas funciones las cuales podemos clasificar en: a) funciones técnicas; b) funciones mercantiles, c) funciones públicas. Esta diversidad de funciones permiteestablecer el capitán es el director técnico de la navegación, mandatario comercial del armador y autoridad administrativa.
Las funciones técnicas que se derivan de su condición de profesional náutico y encargado de dirigir la navegación.
Funciones Públicas: el llamado "poder de mando", que se extiende a los actos necesarios para mantener el orden y la disciplina a bordo y sancionar, en su caso, lasfaltas cometidas, tanto en lo que se refiere a la tripulación como pasaje.
En el aspecto mercantil El Código de Comercio distingue entre las que le corresponden por razón de su cargo y las que sean conferidas por el naviero.
Existe solidaridad entre el capitán y el propietario en lo que se refiere a la responsabilidad civil extracontractual. Estas circunstancias reviste particular importancia enel caso de transporte de mercaderías por mar en virtud de que conforme a las reglas de la Haya, que como veremos, rigen en forma casi absoluta las relaciones dedicadas de la materia, el transportador no será responsable por pérdida o daños resultantes o provenientes de: Acciones, negligencia u omisión del capitán, marino práctico o empleados del transportador en la navegación o en laadministración del buque
Código de Comercio Artículo 646.- El capitán no tiene facultad para vender la nave.
LEY DE COMERCIO MARÍTIMO
Artículo 27
Los poderes y atribuciones del Capitán, así como sus obligaciones, se rigen por la ley del pabellón.
Los poderes y facultades procesales del Capitán se rigen por la ley venezolana
3. OBLIGACIONES ESPECIALES DE CAPITÁN
LEY DE COMERCIO MARÍTIMO
Artículo 19.Son obligaciones del Capitán, además de lo contemplado en la ley:
1. Otorgar recibos parciales de las mercancías que se embarquen, extendiendo en su oportunidad, los conocimientos de embarque y documentos respectivos.
2. Practicar las anotaciones correspondientes en los recibos y conocimientos de embarque, de las averías, mermas o daños que observare en la carga o que se produzcan por suacondicionamiento.
3. Mantener contacto continuo con el armador con el fin de informar sobre los acontecimientos de la expedición marítima, o recibir instrucciones en los casos que sean necesarios.
4. Dar aviso de inmediato al propietario o armador de todo embargo o retención que afecte al buque, y tomar las medidas necesarias para el mantenimiento de éste, de la carga y prestar la debida atención a...
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