Como CalcuLar La Capacidad De Contratacion
MARZO DE 2010
1. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN.
1.1. PLANTEAMIENTO:
La Cámara Colombiana de la Infraestructura, propone establecer un criterio equitativo, proporcional y objetivo, para establecer la capacidad de contratación residual exigida a los proponentes que pretendan participar en convocatorias de la Empresa de Desarrollo Urbano de Medellín.1.2. ANTECEDENTES:
El Decreto 4881 de Diciembre de 2008, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1150 de 2007 en relación con la verificación de las condiciones de los proponentes y su acreditación para el Registro Único de Proponentes a cargo de las Cámaras de Comercio. En este Decreto, en el numeral 2 del Artículo 2, se específica textualmente:
“2. Capacidad residual. Es lacapacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación, la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución el contratista. El cálculo de la capacidad residual se exigirá por las entidades estatales para el momento en que se presente la propuesta, cualquiera que sea la modalidad del contrato.” (Subrayado fuera de texto).
La legislación de lacontratación estatal en Colombia, dicta que las entidades estatales deben exigir una determinada capacidad de contratación residual pero en ningún momento menciona la exigencia de solicitar una capacidad de contratación específica para los posibles proponentes.
La Empresa de Desarrollo Urbano viene por tradición exigiendo, con anterioridad a la expedición del Decreto 4881 antes mencionado y hastala fecha en los pliegos de condiciones a quienes deseen participar, una determinada capacidad de contratación inscrita y una determinada capacidad residual de contratación, como requisitos habilitantes para poder participar en los procesos de contratación.
La Cámara considera que la exigencia de capacidad de contratación inscrita, a la luz de las condiciones contractuales vigentes, no deberíahacer parte de los requisitos de participación en ningún proceso contractual estatal. Además considera que la exigencia de la capacidad residual de contratación debe ser calculada siguiendo el mismo método propuesto por el Decreto 4881, con el fin de medir a los proponentes con el mismo rasero con el que ellos se inscriben, se clasifican y se califican en el Registro Único de Proponentes,garantizando que las exigencias con respecto a la capacidad de contratación sean acordes al grado de proporcionalidad que promulga la Ley 1150 de 2007.
La sub valoración de capacidad residual exigida trae consigo dos elementos adicionales poco recomendables:
a. El incremento del riesgo de incumplimiento del contrato, por resultar adjudicatarias personas sin la capacidad residual necesaria ysuficiente para ejecutarlos.
b. La distribución poco equitativa de contratos, al tener la posibilidad de resultar adjudicatarias personas que en ese momento cuenten con su capacidad residual de contratación copada, en relación con la magnitud del contrato, restando posibilidades a empresas con capacidad reconocida para ejecutar las obras.
1.3. DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA PROPUESTALa calificación de la capacidad de contratación de los proponentes se hace como se dijo antes, con base en lo reglamentado por el Decreto 4881 de 2008, según la siguiente formulación:
K = F.P.I X (Co) x [ 1 +(E +Cf + Ct)]
1.000
El F.P.I equivale a un Factor de Paridad Internacional, determinado a partir de la última información económica de indicadores dedesarrollo que expide el Banco Mundial, el cual se calcula dividiendo el PNB (Producto Nacional Bruto) per cápita según la PPA (Paridad de Poder Adquisitivo de la moneda local) y el PNB (Producto Nacional Bruto) per cápita. Este factor será recalculado y ajustado anualmente por la Sociedad Colombiana de Ingenieros, puesto a consideración y aprobación de la Superintendencia de Industria y Comercio y...
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