COMO SE CLASIFICA EL PAVIMENTO
La pavimentación de carreteras en terracerías tanto como zonas urbanas como rurales del estado de nuevo león, están clasificadas en; flexible, semiflexible, semirrígido, rígidos.
FLEXIBLE: con capas granulares y mezclas asfálticas y espesores inferiores a 15 cm.
SEMIFLEXIBLE: formadas por capas de materiales granulares y que además contengan capas de mezclasasfálticas sus espesores iguales o mayores a quince centímetros compactas.
SEMIRRÍGIDO: aquellos en los cuales la superficie de rodamiento este construida con ligantes bituminosos, sobre capas de materiales estabilizados con aglomerantes hidráulicos o puzalanicos, siendo el espesor conjunto de estas capas de al menos 18 centímetros.
RÍGIDOS: aquellos que estén formados por capas granulares y capas deconcreto hidráulico.
PROCEDIMIENTOS PARA LA REHABILITACIOS DEL PAVIMENTO
1. REHABILITACION SUPERFICIAL: en este procedimiento el pavimento no necesita cambiar en su totalidad, pero la superficie que presente daños o imperfecciones deberá ser tratado y estudiar la superficie y cubrir parcialmente los daños que presente para asegurar la circulación y comodidad al usuario.
2. REHABILITACIONESTRUCTURAL: eliminación parcial y reposición del pavimento existente, incluyendo la recuperación y o el reciclado de los mismos. En este procedimiento se retira la capa o capas agotadas, o próximos en agotarse, sustituyendo con los materiales adecuados. Podrán ser reutilizados los materiales de pavimentación existentes mezclando con nuevos materiales o agentes estabilizadores.
3. INCREMENTO DE ESPESOR ENLA SUPERFICIE DE RODAMIENTO: esto quiere decir que si la superficie de rodamiento presenta daños mayores será necesario incrementar el espesor del mismo, elevando una capa mas para el mejoramiento del pavimento.
4. La combinación de los tipos anteriores.
5. RECONSTRUCCION TOTAL DEL PAVIMENTO: deberán ser reconstruidas o bien ser diseñados por un profesional responsable. En esta etapa es cuando nose puede reconstruir y es necesaria la reconstrucción total.
SANCIONES
Las autoridades administrativas estatales y municipales, llevarán a cabo visitas de inspección para comprobar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León relativas al diseño y construcción de vías públicas, las de la presente Ley, las concernientes de la Ley de Obras Públicaspara el Estado y Municipios de Nuevo León, y demás disposiciones de carácter general en la materia.
En todo lo relativo al control, infracciones, medidas de seguridad y sanciones, las autoridades aplicarán las normas del Título Décimo Segundo de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.
La violación a las disposiciones de la Ley, se sancionarán con multa de dos mil hasta diez milveces el salario mínimo prevaleciente en la zona económica conforme lo dispuesto en el Artículo 342, fracción II, inciso f), de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.
Multa desde trescientas hasta dos mil veces el salario mínimo prevaleciente en la zona económica: a) Cuando no se respeten las normas de diseño en las obras y edificaciones para las personas con discapacidad; b) Cuandose promueva o permita la ocupación de un predio o edificación sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones correspondientes o violando el uso del suelo que le corresponda; y c) Cuando se utilice el predio o sus construcciones sin haber obtenido la constancia de suelo correspondiente.
II. Multa desde dos mil hasta diez mil veces el salario mínimo prevaleciente en la zona económica: a)Cuando después de haber sido sancionado por la autoridad competente el propietario y los responsables solidarios persistan en realizar acciones violatorias a Leyes, reglamentos o a disposiciones administrativas de aplicación general; b) Cuando después de su vencimiento y sin haber obtenido su renovación, se continúen ejerciendo derechos que le fueron otorgados por una constancia, licencia,...
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