como se hace una tutela
Malos olores porqueriza, contaminación de las aguascableado
. Fecha:
31 de julio de dos mil. Lugar: vereda Montegrande, jurisdicción del
Municipio deCaicedonia, Valle.
Interpuesta por:
Luz Amanda Saldarriaga Ortiz
Contra:
Alvaro Urrea Botero
Derechos reclamados:
Derechos colectivos (ambiente sano) en conexidad con derechos fundamentales (intimidad, derecho a la
vida por el cableado del predio vecino, derecho a la salud).
La Corte Constitucional ha manifestado que: ¨Los malos olores
provenientes de la actividad industrial no sólo son fuente de
contaminación ambiental sino que obligan a la víctima a abandonar
su residencia con el consiguiente recorte de su libertad de
autodeterminación. El mal olor, incontrolado y evitable, vulnera el
derecho fundamental a la intimidad personal o familiar. Viable el
mecanismo de la tutela para proteger el derecho a un medio
ambiente sano, como derecho colectivo, por estar en conexidad con
los derechos fundamentales a la vida que, evidente y directamente,
están siendo vulnerados por la emanación de los malos olores.
Fallo de la Corte Constitucional:
Se deniega la tutela de los derechos
a la vida, la salud, al medio ambiente sano y la intimidad personal y
familiar, en relación con la existencia de las porquerizas porque el
demandado hace las mejoras que ordena la Secretaría de Salud.
Se concede la tutela de los derechos fundamentales a la vida y a la
salud, en lo que se refiere a los cables de energía. Se le ordena al
señor llevar a cabo todos los acondicionamiento técnicos
necesarios para que se mejoren las condiciones del cableado.
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