Comparación convenios colectivos de hosteleria de Sevilla y Zaragoza
Introducción
a) Vamos a comparar los Convenios Colectivos que son de aplicación por un lado en Sevilla y su Provincia y por otro lado el que es de aplicación en Zaragoza y su Provincia.
a) Con la elección de estas normas a comparar se pretende conocer de una forma más intensa la regulación de nuestro sector en materia laboral, ver como en cada territorio pueden regirunas normas, siempre partiendo de una base que es el Estatuto de los Trabajadores.
Exposición de las características más importantes
Comenzamos nuestra comparación de los Convenios citados partiendo del Convenio de Hostelería de Sevilla en su artículo 5 relativo a la Denuncia del convenio.
En el Convenio de Sevilla se establece que la denuncia del Convenio ha de realizarse con unaantelación mínima de 2 meses a la fecha de vencimiento y por escrito. De no ser denunciado en tiempo y forma, se entenderá prorrogado de año en año en sus propios términos, conforme a derecho.
En el Convenio de Zaragoza se establece que la denuncia será automática, dándose por denunciado a la finalización de su vigencia, aunque seguirá aplicándose en los mismos términos hasta que se firme el nuevoconvenio. Finalizada la vigencia se procederá en el plazo de un mes a la constitución de la comisión negociadora, debiéndose iniciar la negociación del nuevo convenio en el plazo máximo de quince días desde la constitución de la mencionada comisión, fijándose un calendario de negociación. El plazo máximo de negociación será de 14 meses a partir de la finalización de la vigencia del convenio anterior
Encuanto a los artículos 6 Compensación y Absorción y 7 Garantías Personales del Convenio de Sevilla, no se observan diferencias respecto al Convenio de Zaragoza. En ambos se establece que las condiciones pactadas en los convenios son compensables y absorbibles en computo anual-total. Respecto a las Garantías personales, ambos establecen que se respetarán las condiciones más beneficiosasestrictamente ad personam.
Continuamos con el artículo 8 Comisión Paritaria.
En el Convenio de Sevilla se establece que la Comisión Paritaria estará compuesta por 12 vocales (6 en representación de las organizaciones empresariales y 6 en representación de los sindicatos firmantes) y un presidente con voz pero sin voto.
En el de Zaragoza los miembros de esta Comisión se amplían a 8 empresarios y 8trabajadores designados entre las respectivas representaciones firmantes del convenio. Cada representación podrá nombrar asesores, aunque estos no tendrán derecho a voto.
En cuanto a las funciones de esta Comisión son las mismas en uno y otro Convenio, es decir interpretación, conciliación, arbitraje y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en los convenios, si bien, en el de Zaragoza se lereconoce capacidad de modificación del convenio durante su vigencia
En cuanto al procedimiento, en el Convenio de Sevilla se establecen una serie de plazos que en el de Zaragoza no se nombran. En caso de desacuerdo se establece que en Sevilla se recurrirá ala jurisdicción laboral mientras que en Zaragoza se recurrirá al Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje.
En Sevilla se establece que losacuerdos deberán ser con voto favorable de la mitad más uno de todos sus componentes y en Zaragoza se exige unanimidad, salvo art 53 Descuelgue del convenio que en caso de pronunciamiento mayoritario de la Comisión, será definitivo.
En cuanto al Art. 9 Retribución Salarial, en el convenio de Zaragoza tenemos que ir hasta el capitulo VIII, art 40 para estudiar este apartado.
En el convenio deSevilla se parte de que hay un procedimiento judicial como consecuencia de la discrepancia de interpretación del art 9 del convenio anterior, y se establece que se estará a lo que resulte de dicho procedimiento, regularizándose los salarios en este momento conforme se disponga, pero mientras tanto se toman como base para la aplicación de las revisiones oportunas, las tablas firmadas el 23 de...
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