compatibilidad modalidades impuestos

Páginas: 5 (1001 palabras) Publicado: 26 de junio de 2013

TPO
IVA
OPSS
AJD.(C.VARIABLE)
AJD(C.FIJA)
TPO


X
X
X

IVA
X




OPSS
X


X

AJD. (C.VARIABLE
X

X


AJD
(C. FIJA)






La incompatibilidad entre el IVA y la modalidad “transmisiones patrimoniales onerosas”.

Tanto el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD),gravan la transmisión de bienes y derechos. Se aplica el IVA cuando quien transmite es empresario o profesional y se aplica el concepto “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (TPO) del ITP y AJD cuando quien transmite es un particular.

A efectos del IVA, tienen la consideración de empresarios o profesionales:

las personas o entidades que realicen actividades empresariales o profesionales queimplican la ordenación por cuenta propia de factores de producción materiales y humanos o uno de ellos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes y servicios.
en particular, los arrendadores de bienes.
quienes efectúen la urbanización de terrenos o la promoción, construcción o rehabilitación de edificaciones destinadas, en todos los casos, a su venta, adjudicación ocesión por cualquier título, aunque sea ocasionalmente.

No tendrá la consideración de empresarios o profesionales quienes realicen exclusivamente entregas de bienes o prestaciones de servicios a título gratuito, con excepción de las sociedades mercantiles, salvo prueba en contrario.

Una diferencia fundamental entre ambos impuestos es la posibilidad de deducir el IVA cuando lo soporta unempresario. En tanto que las cantidades pagadas por el concepto “TPO” del ITP y AJD constituyen un coste para el empresario, el IVA no lo es, puesto que, en su caso, puede ser objeto de deducción en la declaración –liquidación correspondiente.

Como regla general se produce la incompatibilidad entre ambos impuestos de manera que, en principio, las operaciones realizadas por empresarios yprofesionales en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional no estarán sujetas al concepto “TPO” del ITP y AJD, sino al IVA.

Así en el artículo 7.5 TR del ITPAJD dice que estarán sujetas a la modalidad “transmisiones patrimoniales onerosas” las operaciones mencionadas en los números anteriores “ cuando sean realizadas por empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad empresarialo profesional y, en cualquier caso, cuando constituyan entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido”. No obstante continúa diciendo, quedarán sujetas a dicho concepto impositivo las entregas o arrendamientos de bienes inmuebles que estén incluidos en la transmisión de la totalidad de un patrimonio empresarial, cuando por las circunstancias concurrentesla transmisión de ese patrimonio no quede sujete a IVA.

L compatibilidad entre el IVA y el concepto de “ actos jurídicos documentados” del ITPAJD

Una operación gravada por el IVA puede estar gravada por la modalidad “ actos jurídicos documentados”. Así, por ejemplo, la transmisión efectuada por un sujeto pasivo del IVA de un bien inmueble que forma parte de su patrimonio empresarial oprofesional está gravada por el IVA y por AJD , si dicha transmisión se documenta en escritura pública.

Esta compatibilidad está condicionada a que la operación inmobiliaria esté sujeta y no exenta del IVA, aunque sea por renuncia o exención.

La referencia a “ actos jurídicos documentados, es a la cuota variable, pues la cuota fija es siempre compatible si con las demás modalidades impositivas,incluido el IVA, si el acto o contrato se formaliza en documento notarial.

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La compatibilidad entre el IVA y “ operaciones societarias”

Su compatibilidad se desprende del artículo 8.2 Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido en el que se preceptúa: Las aportaciones no dinerarias efectuadas por los sujetos pasivos del Impuesto de elementos de su patrimonio...
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