Compendio Legislativo De Seguridad
I.- NORMATIVA DE SEGURIDAD I.1.-SEGURIDAD PÚBLICA I.1.1.-LEGISLACIÓN NACIONAL I.1.1.1.-Ámbito general .-Leyes .-Reglamentos I.1.1.2.-Ámbito Particular .-Leyes .-Reglamentos I.1.2.-LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
I.2.-SEGURIDAD PRIVADA I.2.1.-Ámbito general .-Leyes .-Reglamentos I.2.2.-Ámbito Particular
II.-PREVENCIÓN DE RIESGOS LAGORALES II.1.-PARTE GENERAL.II.1.1.-Leyes II.1.2.-Reglamentos II.2.-LUGARES DE TRABAJO II.3.-INCENDIO Y EVACUACIÓN II.1.1.-Normas UNE II.4.-EQUIPOS DE TRABAJO 1
II.5.-PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES II.5.1.-Ruido II.5.2.-Vibraciones II.5.3.-Atmosferas explosivas II.5.4.- Substancias peligrosas, agentes biológicos y químicos II.5.6.- Riesgos eléctrico, térmico e ionizante
II.6.-OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. COORDINACIÓN ENMATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Y OBRAS
II.7.-GUÍAS TÉCNICAS
III.-SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
III.1.-NORMATIVA GENERAL III.1.1.-Estatal III.1.2.-Comunitaria III.2.-PROTECCIÓN DE DATOS III.2.1.-Estatal III.2.2.-Comunitaria
IV.-COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS IV.1.-NORMATIVA GENERAL IV.2.-NORMATIVA ESPECÍFICA IV.3.-NORMAS UNE
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I.- NORMATIVA DE SEGURIDADI.1.-SEGURIDAD PÚBLICA I.1.1.-LEGISLACIÓN NACIONAL I.1.1.1.-Ámbito general
.-Leyes
.-Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE núm. 46, de 22 de febrero), en su redacción dada por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto (BOE núm. 186, de 5 de agosto) y por la Ley 10/1999, de 21 de abril (BOE núm. 96, de 22 de abril). Laprotección de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las libertades públicas son requisitos básicos de la convivencia en democracia. Esta Ley Orgánica desarrolla el mandato constitucional de “proteger el libre el ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana... mantener las condiciones adecuadas a tal efecto ... y remover los obstáculos que o impidan ...” Establecelas Autoridades competentes en la materia y las medidas de acción preventiva y de vigilancia, actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana e infracciones y sanciones.
.-Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. (Boletín oficial del Estado número 63 de 14 de marzo de 1986). Esta Ley Orgánica es la NORMA reguladora de todoslos servicios de seguridad pública que se prestan, a través de los Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil y Policía Nacional), Policías de las Comunidades Autónomas (Policías Autonómicas) y Policías de las Corporaciones Locales (Policías Locales). Se establecen en ellas las funciones de cada uno de ellos, su organización territorial y la coordinación interpolicial.
.-Ley 10/1999, de 21de abril, de modificación de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. (Boletín oficial del Estado número 096 de 22 de abril de 1992).
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.-Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. (Boletín oficial del Estado número 186 de 5 de agosto de1997) La Ley regula la utilización por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de videocámaras para grabar imágenes y sonidos en lugares públicos, abiertos o cerrados, y su posterior tratamiento, a fin de contribuir a asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como de prevenir la comisión de delitos, faltas einfracciones relacionados con la seguridad pública. Las referencias contenidas en la Ley a videocámaras, cámaras fijas y cámaras móviles se entienden hechas a cualquier medio técnico análogo y, en general, a cualquier sistema que permita las grabaciones previstas en esta Ley. Las garantías que introduce la Ley en el uso de sistemas de grabación de imágenes y sonidos por parte de las Fuerzas y Cuerpos de...
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