Competencia desleal
El artículo 19 de la ley 256 de 1996 se establece que: (Pactos desleales de exclusividad). Se considera desleal pactar en los contratos de suministro clausulas de exclusividad, cuando dichas clausulas tengan por objeto o como efecto, restringir el acceso de los competidores al mercado, omonopolizar la distribución de productos o servicios, excepto las industrias licoreras mientras estas sean de propiedad de los entes territoriales.
Para el desarrollo de la problemática planteada, será necesario entrar a definir algunos puntos importantes tales como los requisitos necesarios para que se constituya una actuación desleal, el contrato de suministro y la clausula de exclusividad.Según el Concepto 02072496 del 30 de Septiembre de 2002 emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se precisa que para que una conducta sea considerada como desleal, deberá cumplir en general con los siguientes supuestos:
1. Haber sido realizada en el mercado.
2. Haber tenido fines concurrenciales, es decir, haber proporcionado la posibilidad de participar o intervenir en elmercado, lo cual presume la ley cuando tal actuación es objetivamente idónea para mantener o incrementar la participación en el mercado del actor o de un tercero.
3. Se aplica a todos los participantes en el mercado, independientemente de su calidad de comerciantes.
4. Los actos desleales deben tener sus efectos principales o estar llamados a producirlos en el mercado colombiano.
Por otra partela Corte constitucional, en la sentencia C-535/97 define la competencia desleal como todo acto o hecho que se realice en el mercado con fines concurrenciales, cuando resulte contrario a las sanas costumbres mercantiles, al principio de buena fe comercial, a los usos deshonestos en materia industrial o comercial, o bien cuando esté encaminado a afectar o afecte la libertad de decisión del compradoro consumidor, o el funcionamiento concurrencial del mercado.
En el mismo concepto, la SIC refiriéndose a los pactos de exclusividad se pronuncia diciendo que de conformidad con el artículo 19 de la ley 256 de 1996, se consideran desleales las cláusulas de exclusividad pactadas dentro de los contratos de suministro, cuando éstas tengan por objeto o como efecto restringir el acceso de loscompetidores al mercado o monopolizar la distribución de productos o servicios. De conformidad con la doctrina, no obstante el citado artículo "menciona únicamente los contratos de suministro, la limitación no se aplica solamente al contrato mencionado, sino que puede ser extendida a todos los pactos de exclusividad.”
Es bueno aclarar que la norma no da a entender que por regla general todos los pactosde exclusividad serán desleales por el simple hecho de constituirse por naturaleza, sino que únicamente los que produzcan un efecto de disminución de competencia se destacan así. Para ello existen unas características:
• Que tengan por objeto y efecto restringir el acceso de los participantes en el mercado.
• Que tengan por objeto y efecto monopolizar la distribución de productos o servicios.Según el Código de comercio, el suministro es el contrato por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios. (Art 968)
De acuerdo con todo lo fijado anteriormente es posible decretar que los pactos de exclusividad no son utilizados únicamente para los contratos desuministro en donde una persona se compromete a despachar, proporcionar y dotar de servicios a otra a cambio de un pago; puesto que en otros aspectos como los contratos de colaboración personal, la agencia comercial, la franquicia, la licencia de marca y todos los negocios jurídicos que impliquen derechos de propiedad industrial son requeridos.
Por lo pasado, se concreta que dichas estipulaciones no...
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