Competencia
Tradicionalmente, la prórroga de la competencia es definida como un acto jurídico procesal de carácter bilateral mediante el cual las partes en un proceso (demandante – demando) convienen en someter la resolución de un conflicto de relevancia jurídica a un tribunal distinto al que ha establecido naturalmente la ley. Supongamos, por ejemplo, que de conformidad a la leyprocesal una demanda debiese ser conocida por el primer juzgado civil de Concepción, pero, en definitiva, la conoce el segundo juzgado civil de Copiapó. Si ello ocurre, es por que ha existido prórroga de la competencia del juzgado de Concepción al de Copiapó.
La prórroga se encuentra expresamente reglada en Chile en el Código Orgánico de Tribunales y definida en el artículo 181 de ese cuerpolegal de la siguiente manera: “Un tribunal que no es naturalmente competente para conocer de un determinado asunto, puede llegar a serlo si para ello las partes, expresa o tácitamente, convienen en prorrogarle la competencia para este negocio”.
En el ordenamiento jurídico nacional la prórroga de la competencia tiene cabida, como regla general, sólo con motivo del factor territorio, esto es,respecto de la competencia relativa. Eso significa, entonces, que la prórroga no se aplica a la competencia absoluta y a sus factores que le son propios: el fuero, la materia y la cuantía.
Si bien se ha discutido en doctrina la facultad que tendría el juez a quien se prorroga la competencia para no aceptar esta convención, fundamentándose en la existencia de un juez naturalmente competente antequien las partes debiesen por obligación concurrir, parece claro, que tal facultad no tendría cabida en el derecho chileno a causa de la regla de inexcusabilidad contenida en el artículo 112 del Código Orgánico de Tribunales. Recordemos que esta disposición ordena que siempre que según la ley fueren competentes para conocer de un mismo asunto dos o más tribunales, ninguno de ellos podrá excusarse delconocimiento bajo el pretexto de haber otros tribunales que puedan conocer del mismo asunto.
Principales características de la prórroga de la competencia
a) Es una convención procesal mediante la cual demandante y demandado alteran ciertas reglas de competencia en los casos expresamente autorizados por la ley.
b) Por tratarse de una convención sólo obliga a quienes concurren expresa otácitamente con su consentimiento a convenirla. Así lo indica el artículo 185 del Código Orgánico de Tribunales que señala que la prórroga de la competencia sólo surte efecto entre las personas que han concurrido a otorgarla, pero no respecto de otras personas como los fiadores o codeudores.
c) La prórroga de la competencia sólo procede en asuntos contenciosos, pues se trata de un acuerdo entrelas partes en el juicio. Así las cosas, no procede en forma alguna en materias no contenciosas (artículo 182 del Código Orgánico de Tribunales)
d) Según lo dispuesto en el artículo 182 del Código Orgánico de Tribunales la prórroga sólo tiene cabida en materia civil, esto es, únicamente opera en asuntos de carácter privado en que no existe de por medio intereses de orden público.
d.1) Situacióndel derecho procesal de familia de la reforma. Atendida la amplitud de asuntos susceptibles de ser conocidos por los tribunales de familia la regla de competencia relativa (competencia territorial) aplicable en cada caso depende de la naturaleza de la pretensión deducida (artículo 8 de la ley N°19.968 que crea los tribunales de familia). Sin embargo, las normas del derecho de familia (incluidaslas procesales) estimamos que son de orden público, razón por la cual, no admiten la prórroga de la competencia.
d.2) Situación del derecho procesal laboral de la reforma. En materia laboral tampoco tiene cabida la prórroga de la competencia, pues acá aparecen involucrados evidentes intereses de orden público que la ley ha querido resguardar. Así se desprende del tenor del artículo 423 de la...
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