COMU
DECRETO LEGISLATIVO
Nº 1034
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
POR CUANTO:
Descargado desde www.elperuano.com.pe
El Peruano
Lima, miércoles 25 de junio de 2008
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
104º de la Constitución Política del Perú, mediante Ley Nº
29157, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad
de legislar sobre diversas materiasrelacionadas con la
implementación del Acuerdo de Promoción Comercial
Perú – Estados Unidos de América, y con el apoyo a la
competitividad económica para su aprovechamiento,
publicada el 20 de diciembre de 2007, el Congreso de la
República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad
de legislar, entre otras materias, para la mejora del marco
regulatorio;
Que, luego de más de quince años deaplicación
del Decreto Legislativo Nº 701, Ley contra las Prácticas
Monopólicas, Controlistas y Restrictivas de la Libre
Competencia, el diagnóstico evidencia que esta norma
presenta una serie de deficiencias y vacíos, requiriéndose
por ello una reforma integral;
Que, en ese sentido, resulta pertinente la dación de
una nueva ley de control de conductas anticompetitivas
que precise sufinalidad en consonancia con el objetivo
previsto en el acuerdo de promoción comercial antes
mencionado; clarifique su ámbito de aplicación (subjetivo,
objetivo y territorial); destaque el principio de primacía
de la realidad; establezca conceptos claros y criterios
de análisis que generen mayor predictibilidad en su
aplicación al establecer las conductas consideradas
como anticompetitivas, comoprohibir de manera absoluta
aquellas conductas colusorias consideradas a nivel
internacional como inherentemente anticompetitivas;
redefina y mejore sustancialmente el procedimiento
administrativo, incorporando plazos razonables y
realistas, la preclusión en el ofrecimiento de pruebas pero
sin afectar el derecho de defensa, un mejor tratamiento
de las medidas cautelares y una diferenciación másclara entre el rol instructor y el resolutivo; dote de mayor
capacidad disuasiva el esquema de sanciones, mejorando
los criterios para establecerlas, incrementando el tope
para casos de infracciones muy graves y desarrollando
la facultad de la autoridad de competencia para dictar
medidas correctivas; entre otros.
Que, sobre la base de dicho contenido, una nueva
ley que prohíba y sancione elabuso de la posición de
dominio y las prácticas colusorias horizontales y verticales
fortalecerá sustancialmente el marco regulatorio de
defensa de la libre competencia, lo que, a su vez,
incentivará la eficiencia económica en los mercados,
promoverá la competitividad económica del país y
mejorará el bienestar de los consumidores, estableciendo
un ambiente apropiado para las inversiones;Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con
cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:
DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA
LA LEY DE REPRESIÓN
DE CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Finalidad de la presente Ley.La presente Ley prohíbe y sanciona las conductas
anticompetitivas con la finalidad depromover la eficiencia
económica en los mercados para el bienestar de los
consumidores.
Artículo 2º.- Ámbito de aplicación subjetivo.2.1. La presente Ley se aplica a las personas
naturales o jurídicas, sociedades irregulares,
patrimonios autónomos u otras entidades de
derecho público o privado, estatales o no, con o
sin fines de lucro, que en el mercado oferten o
demanden bienes o servicios ocuyos asociados,
afiliados, agremiados o integrantes realicen
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dicha actividad. Se aplica también a quienes
ejerzan la dirección, gestión o representación
de los sujetos de derecho antes mencionados,
en la medida que hayan tenido participación en
el planeamiento, realización o ejecución de la
infracción administrativa.
2.2. Las personas naturales que actúan en nombre
y por...
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