Concepto De Infraccion Tributaria
INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS
TITULO I
INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Artículo 164o.- CONCEPTO DE INFRACCION TRIBUTARIA (*)
Es infracción tributaria, toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en el presente Título o en otras leyes o decretos legislativos.
(*) Sustituido por el Artículo 79ºdel D.Leg. 953 del 5 de febrero de 2004.
COMENTARIO
Toda acción u omisión que importe violación de normas tributarias, constituye infracción sancionable de acuerdo con lo establecido en este Título.
Artículo 165o.- DETERMINACION DE LA INFRACCION, TIPOS DE SANCIONES Y AGENTES
FISCALIZADORES
La infracción será determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penaspecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos.
En el control del cumplimiento de obligaciones tributarias administradas por laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, se presume la veracidad de los actos comprobados por los agentes fiscalizadores, de acuerdo a lo que se establezca mediante Decreto Supremo.
COMENTARIO
DETERMINACION DE LA INFRACCION
1) la infracción será determinada en forma objetiva y sancionada
TIPOS DE SANCIONES
1) penas pecuniarias
2) comiso de bienes
3) Internamientotemporal de vehículos
4) cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes
5) y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes
AGENTES FISCALIZADORES
1) SUNAT (Superintendencia Nacional De Administración Tributaria)
2) ADUANAS (
3) GOBIERNOS LOCALES
Artículo 166o.- FACULTAD SANCIONATORIA (*)
La AdministraciónTributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias.
En virtud de la citada facultad discrecional, la Administración Tributaria también puede aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar.
Para efecto de graduar las sanciones, laAdministración Tributarla se encuentra facultada para fijar, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, los parámetros o criterios objetivos que correspondan, así como para determinar tramos menores al monto de la sanción establecida en las normas respectivas.
(*) Sustituido por el Artículo 80º del D.Leg. 953 del 5 de febrero de 2004.
COMENTARIO
La AdministraciónTributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente la acción u omisión de los deudores tributarios o terceros que violen las normas tributarias.
En virtud de la citada facultad discrecional, la Administración Tributaria también puede aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma derango similar.
(1) Para efecto de graduar las sanciones, la Administración Tributaria se encuentra facultada para fijar, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, los parámetros o criterios que correspondan, así como para determinar tramos menores al monto de la sanción establecida en las normas respectivas.
(2) La Administración Tributaria, mediante Resolución deSuperintendencia o norma de rango similar, deberá establecer los casos en que se aplicará la sanción de internamiento temporal de vehículo o la sanción de multa, la sanción de cierre o la sanción de multa, así como los casos en que se aplicará la sanción de comiso o la sanción de multa
Artículo 167o.- INTRANSMISIBILIDAD DE LAS SANCIONES
Por su naturaleza personal, no son transmisibles a los...
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