Concepto de reponsabilidad civil
Responder significa dar a cada uno cuenta de sus actos.
La conducta de los individuos se traduce en actos unilaterales o bilaterales que a su vez producenuna modificación en el mundo exterior. La alteración unilateral de las circunstancias que forman el entorno de los demás, puede ser favorable o contraria al interés individual o colectivo.
Cuando laalteración favorece las ansias ajenas y proporciona satisfacciones a los demás, o se traduce en ventajas para otro, el autor del acto puede aspirar a una recompensa o retribución benéfica de quienrecibe la utilidad.
Esta retribución o deber de gratitud puede ser impuesta por la moral o por el derecho, este último somete al beneficiario de la conducta a una oblig. Específica dentro de lascondiciones que configuran el presupuesto de la norma jurídica atributiva del derecho subjetivo.
En cambio, cuando la alteración ocasionada por acto unilateral constituye la violación de un deber moral ojurídico y menoscabándose el interés ajeno se invade la órbita de otro, se produce en el sujeto pasivo del acto una reacción desfavorable que se traduce en una insatisfacción. El autor de la alteraciónse halla frente a la víctima en actitud de dar respuesta a la exigencia de esta.
La moral y el derecho señalan cuál es la respuesta que puede pretender el ofendido. Esta respuesta fijada por la normamoral y la norma jurídica, a veces, constituye la respuesta a adecuada a ese proceder. El autor, entonces, debe responder de su acto lesivo cumpliendo la sanción que le viene impuesta.
Lasconvenciones celebradas por las partes también pueden modificar las circunstancias recíprocas. Sin embargo, el contrato pone desde su celebración misma (ab initio) a los dos sujetos contratantes frente afrente, unidos por un vínculo que ellos mismos han creado con su voluntad acorde.
Las partes regulan de ese modo, a través de las estipulaciones de la convención todos los efectos del acto celebrado, de...
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