CONCEPTO JURIDICO
Señores
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
INPEC
Ciudad.
Respetados Señores:
Yo, identificada civil y profesionalmente como aparece al pie de mi firma y como miembro del Comité Asesor de Contratación de esta Entidad, de manera atenta y respetuosa, me permito realizar las siguientes
CONSIDERACIONES
La LEY80 DE 1993, por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, en su Artículo 8ºtrata de las Inhabilidades e Incompatibilidades para Contratar y en específico en el literal d) se pronuncia frente a “Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionadosdisciplinariamente con destitución, con su respectiva extensión (5 años contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró la caducidad, o de la sentencia que impuso la pena, o del acto que dispuso la destitución), en primera instancia, haría parecer improcedente la Contratación de PERICO PALOTES por haber sido condenado por la Administración de Justicia por los delitos de Peculado porApropiación, Prevaricato por Acción y Fraude Procesal.
También se hace necesario en esta Parte Considerativa, citar lo estipulado por la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal y en específico lo consagrado en elTítulo XV, “Delitos contra la Administracion Publica”, Capitulo Primero,titulado “Del Peculado”, el cual en su Artículo 397 nos dice lo siguiente: “Peculado por apropiación. El servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, incurrirá en prisión de seis (6) a quince (15) años, multa equivalente al valor de lo apropiadosin que supere el equivalente a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.
Si lo apropiado supera un valor de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, dicha pena se aumentará hasta en la mitad. La pena de multa no superará los cincuenta mil salarios mínimoslegales mensuales vigentes.
Si lo apropiado no supera un valor de cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes la pena será de cuatro (4) a diez (10) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y multa equivalente al valor de lo apropiado.
Nuestra misma Ley (599/2000) en su Capítulo Séptimo, Titula “Del Prevaricato”, y en su Artículo 413tipifica, “Prevaricato por acción. El servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley, incurrirá en prisión de tres (3) a ocho (8) años, multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.
Así mismo, nuestroOrdenamiento Penalen su Capítulo Octavo, titula “Del fraude procesal y otras infracciones” y en elArtículo 453 tipifica: Fraude procesal. El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimoslegales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.
Lo expuesto en la Sentencia C-489/96 proferida por nuestra Honorable Corte Constitucional, quien manifiesta que “las inhabilidades constituyen una limitación de la capacidad para contratar con las entidades estatales que de modo general se reconoce a las personas naturales...
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