Conceptos Civiles

Páginas: 29 (7179 palabras) Publicado: 9 de noviembre de 2012
CONCEPTOS
FUNDAMENTALES DE
DERECHO PROCESAL CIVIL.
CURSO PARA ACTUARIOS 2007
MAG. CARLOS FUENTES DÍAZ.
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CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE DERECHO
PROCESAL CIVIL
7.- TIEMPO Y LUGAR EN QUE HAN DE
VERIFICARSE LOS ACTOS JUDICIALES.
A.- LAS ACTUACIONES JUDICIALES SE
PRACTICARÁN EN DÍAS Y HORAS HÁBILES.
Son días y horas hábiles todos los del año, menos los
sábados y domingos y aquellos que laley declare festivos.
Son horas hábiles las comprendidas entre las 8:00 y
las 19:00 horas.
EL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
AUTORIZARÁ EL CALENDARIO ANUAL Y
HORARIO OFICIAL DEL PODER JUDICIAL.
El Tribunal puede habilitar los días y horas inhábiles
cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál
sea ésta y las diligencias que hayan de practicarse.
Si una diligencia se inició endía y hora hábiles,
puede llevarse hasta su fin, sin interrupción, sin necesidad
de habilitación expresa.
B.- LOS ACTOS PROCESALES
NORMALMENTE DEBEN REALIZARSE EN EL
LUGAR DE UBICACIÓN DEL TRIBUNAL, PERO EN
ALGUNOS CASOS ES NECESARIO QUE SE
REALICEN EN LUGAR DISTINTO A AQUEL.
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LOS ACTOS PROCESALES SE RIGEN POR LA
LEY DEL LUGAR DONDE SE REALIZAN, PUES RIGE
EL PRINCIPIO: “LOCUS LEX REGITACTUM”.
Cuando un acto procesal deba efectuarse fuera del
lugar en que radique el negocio, deberá encomendarse por
exhorto o despacho, precisamente al Juez del lugar en que
ha de practicarse.
También puede un Tribunal, aunque una diligencia
deba practicarse dentro de su propia jurisdicción,
encomendarla a un Juez inferior del mismo partido, si por
razón de la distancia fuere más obvio queéste la practique.
Las Salas del Supremo Tribunal de Justicia pueden,
en todo caso, encomendar la práctica de diligencias a
cualquier Juzgado del Estado.
Los exhortos y despachos que manden dirigir las
autoridades judiciales del Estado se expedirán el siguiente
día a aquel en que cause estado el acuerdo que los
prevenga, a menos de determinación judicial en contrario,
sin que en ningúncaso el término fijado pueda exceder de
10 diez días.
Los exhortos y despachos que reciban las
autoridades judiciales del Estado se proveerán dentro de las
24 veinticuatro horas siguientes a su recepción y se
diligenciarán dentro de los 3 tres días siguientes, a no ser
que lo que haya de practicarse exija necesariamente mayor
tiempo, en cuyo caso el Juez fijará el que crea conveniente.
Enlos despachos y exhortos no se requiere la
legalización de las firmas del Tribunal que los expida, a
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menos que la exija el Tribunal requerido, por ordenarla la
Ley de su jurisdicción como requisito para obsequiarlos.
Para ser diligenciados por los Tribunales del Estado
los exhortos de los Tribunales de otra entidad o de la
federación, no se requiere la previa legalización de las
firmasdel Tribunal que los expida.
Los exhortos que se remitan al extranjero o se
reciban de él, se sujetarán a las disposiciones relativas del
Código Federal de Procedimientos Civiles.
Los Tribunales pueden acordar que los exhortos y
despachos que manden expedir se entreguen, para hacerlos
llegar a su destino, a la parte interesada que hubiere
solicitado la práctica de la diligencia, quientendrá la
obligación de devolverlos con lo que se practicare, si por su
conducto se hiciere la devolución, no siendo aplicable esta
disposición cuando el exhorto exija el envío de documentos
originales exhibidos por la contraparte.
La doctrina distingue entre:
Exhortos.- De un Tribunal a otro de igual jerarquía.
Requisitorias.- De un Tribunal de mayor jerarquía a
uno de menor jerarquía.Suplicatorios.- De un Tribunal de menor jerarquía a
uno de mayor jerarquía.
8.- TÉRMINOS Y PLAZOS PROCESALES.
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En las leyes y en la práctica forense mexicanas
suelen utilizarse como sinónimos las expresiones plazo y
término.
Desde un punto de visto más puntual y de la doctrina
extranjera, concretamente de la española y de la alemana,
término y plazo son conceptos distintos y significan:...
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