Conceptos de técnica legislativa
Autor: Eliseo Muro Ruiz
Libro: Algunos elementos de técnica legislativa, p.29
Editorial: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 2006
País: México
2.- Técnica legislativa: Es la especialidadde la técnica jurídica que hace posible la dictación de leyes correctas.
Autor: Jorge A. Tapia Valdés
Libro: La Técnica Legislativa, pp. 9 y 10
Editorial: Editorial Jurídica de Chile, 1960
País: Chile
3.- Técnica legislativa: Formulación técnica de las normas, deben reunir las siguientes características esenciales:
a) La competencia estatal para emanar normas básicas deriva delas expresiones constitucionales y estatutarias referidas a “normas básicas”, “bases” y “ordenación básica”. No cabe inferir una distinción de grado o intensidad de la competencia a partir del uso de diferentes formulaciones.
b) La competencia se extiende tanto a la emisión de normas como, en casos acotados por la jurisprudencia constitucional, a la adopción de decisiones concretas deíndole ejecutiva o administrativa material.
c) La forma adecuada para la emisión de bases es la ley formal. La emisión de bases por vía reglamentaria es solamente posible en supuestos estrictamente definidos por la jurisprudencia constitucional.
d) Característica esencial para la validez como básica de las normas estatales es que se exteriorice ese carácter, bien expresamente, bien pordesprenderse inequívocamente de su misma estructura.
Autor: Ministerio de Administraciones Públicas
Libro: El funcionamiento del estado autonómico, pp. 659 y 660
Editorial: ARTEGRAF, S.A. 1999
País: España
4.- Técnica legislativa: Servicio Constitucional de la Cancillería Federal de Austria cuya labor de de organización y coordinación concreta de la técnica legislativa presenta una doblevertiente:
En primer lugar, se ocupa de la redacción de circulares o directrices para la redacción de proyectos de ley o reglamentos, con el fin de coordinar la actividad entre todos los Departamentos ministeriales. Junto a esta función, eminentemente formal y procedimental, el Servicio Constitucional se encarga de:
1) Corregir giros terminológicos superados y adaptar el estilo anticuado alo nuevo.
2) Corregir referencias a otras disposiciones legales que ya no correspondan a la legislación vigente, así como cualesquiera otras divergencias.
3) Declarar como no vigentes en lo sucesivo las disposiciones que hayan sido derogadas por preceptos posteriores, o que carezcan ya de objeto por cualquier otra razón.
4) Determinar el título abreviado y la abreviatura en letras deltítulo.
5) Modificar como proceda la denominación de los artículos, párrafos, apartados y partes análogas en el supuesto de pérdida de vigencia o, por el contrario, de introducción de nuevos preceptos, y corregir con este motivo las referencias a dichas partes dentro del texto de una determinada publicación.
6) Refundir las disposiciones transitorias, así como los textos anteriores aún envigor de la ley federal de que se trate con indicación de su ámbito de vigencia y al mismo tiempo publicarlos aparte en la nueva publicación.
Autor: Universidad de Cantabria
Libro: Homenaje a Luís Rojo Ajuria, Escritos Jurídicos, p. 929
Editorial: Gráficas Calima, S.A., 2002
País: España
5.- Técnica legislativa: La técnica legislativa, entendida en un sentido muy amplio, se...
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