conceptos de violacion juicio de amparo
1.- El artículo 8 de nuestra carta magna dispone que los funcionarios y empleados públicos del estado, respetaran el ejercicio del derecho de petición que reconoce nuestra constitución, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa y a su vez nos marca la única excepción para el ejercicio de este derecho de petición en donde establece que solopodrán hacer peticiones de naturaleza política los ciudadanos de la república mexicana.
A su vez este artículo establece la imperatividad a la autoridad, de que toda petición presentada por la persona ante las autoridades de este país , deberá recaer un acuerdo escrito de la misma a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve termino al peticionario.2.- De lo anterior se deriva, que la autoridad , una vez recibida la petición y toda vez que cumple con las especificaciones que marca el artículo constitucional, es decir que sea escrita, respetuosa y de manera pacífica y que tratándose de materia política no la realice algún extranjero, está obligada a dar una respuesta escrita en breve termino, pero tratándose de tramites sucesivos , lamisma debe atender a la naturaleza de la petición y dar respuesta en breve termino durante todo el procedimiento para así dar una resolución pronta al trámite iniciado, mismo que no debe exceder de 4 meses, pero que a pesar de que aún no hayan pasado más de 4 meses aun así se puede haber transgredido el derecho de petición como lo marcan las tesis jurisprudenciales que son del tenor literalsiguiente:
PETICION, DERECHO DE. TRAMITES SUCESIVOS.
El artículo 8o. constitucional establece que a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario. Ahora bien, cuando la petición consiste en una solicitud para el otorgamiento de una licencia de funcionamiento, o para una autorizaciónsimilar, y cuando la tramitación de esa solicitud requiera legalmente que el particular satisfaga determinados requisitos, la garantía constitucional sólo es respetada por la autoridad cuando hace en un breve término los requerimientos necesarios al solicitante, para integrar el término relativo, y además, en un breve término también va proveyendo lo necesario a las promociones de la interesaday, por último, en un término que también sea razonablemente breve, dicta la resolución definitiva a la solicitud mencionada. Pues cuando la autoridad es lenta en la tramitación de la solicitud y en cada uno de los trámites correspondientes, y da la impresión de ser renuente en cuanto a llegar a la resolución final del asunto, no puede decirse que se esté respetando por ella el orden constitucional,por lo que hace al derecho de petición consagrado en el artículo 8o. de la Constitución Federal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 35, página 55. Amparo en revisión RA-2697/71. Silvia Molina Rodríguez. 8 de noviembre de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volumen 43, página 61. QuejaQA- 85/70. Director General de Gobernación y Subjefe de la Oficina de Licencias del D.F. (Antonio Sánchez López). 25 de julio de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volúmenes 97-102, página 184. Amparo en revisión 81/77. Cruz Cano Alonso. 29 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 97-102, página 325. Amparo enrevisión 510/73. Juan Murga Alamos. 3 de diciembre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 103-108, página 168. Amparo en revisión 570/ 77. "Club Recreativo San Gerónimo", A.C. 13 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
PETICION, DERECHO DE.
Atento lo dispuesto en el artículo 8o. de...
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