CONCEPTOS MARCO TEORICO
NO LO TIENEN...
JUZGADO
Juzgado civil y familiar
Dentro de la sociedad es necesario el establecer reglas y normas para que la convivencia de
los individuos no obstaculice el desempeñar las actividades de cada uno y al mismo tiempo
no atenten contra la seguridad de la misma sociedad. Para que estas reglas y normas, en un
ámbito general son denominadas leyes.
Con la necesidad de que se cumplan correctamente las leyes se han creado juzgados,
tribunales o cortes (llamados de una u otra forma según el lugar geográfico). El juzgado es el
sitio en donde un grupo de personas, con el conocimiento necesario en materia legal para la definición del delito, puedan definir como el individuo que comete la falta sea sancionado.
Juzgados y tribunales
Juzgado (órgano jurisdiccional), es una construcción jurídica que alude a un conjunto de
personas y medios materiales unidos por la atribución de una función específica. Por tanto,
es la unión de un elemento personal, otro material y otro funcional.
Dentro del juzgado se pueden encontrar varias personas que juegan un papel importante
para la toma de una decisión o la resolución de un caso.
Por un lado tenemos al personal que tiene la obligación de desempeñar la función de
resolver los conflictos mediante la aplicación del Derecho, dictando las sentencias y haciendo
ejecutar lo juzgado, estas personas son normalmente conocidas como Jueces.
El personal que desempeña dentro del órgano funciones instrumentales de la función
esencial tales como recepción de escritos, comunicados, etc. A este personal que no es
encargado de juzgar son denominados secretarios u oficinista judicial.
Una de las características importantes en los juzgados es el hecho de que perteneces o se
integran al poder judicial, es decir, es uno de los poderes del estado, esto nos indica tanto el
carácter público del órgano así como su posición independiente ante los otros poderes.
Un juzgado es parte del órgano de justicia y se caracteriza por que la decisión o la sentencia
es decidida por un solo y único juez, también se conocen como órganos unipersonales.
Por otro lado los órganos colegiados, o tribunales, son también parte del órgano judicial,
aunque en este caso las decisiones son tomadas por un colegio de jueces. Existe algunos
órganos colegiados cuyo
nombre no contienen la palabra tribunal, si no que utilizan
Audiencia
siendo esto utilizado en algunos países europeos.
Otro tipo de tribunal es el denominado Tribunal del Jurado. A este tipo de órgano judicial se le
conoce como mixto, se caracteriza por que el tribunal no está conformado solo de jueces si
no que también participan personas sin ningún conocimiento jurídico.
El tribunal mixto está conformado por nueve ciudadanos sin ningún conocimiento jurídico los
cuales están encargados de emitir un veredicto sobre el hecho que se consideran probados.
Y un juez profesional, el cual dirige el juicio y dicta la sentencia a partir del veredicto aplicado
la ley declarado probado por aquellos.
Delito civil
Es muy fácil confundir los delitos civiles con los delitos penales ya ambos son actos ilícitos
llevados a cabo con el conocimiento de ello. Una de las formas en que se puede distinguir
entre estos dos tipos de delitos es, por así llamarlo, el catálogo de leyes del estado, me
refiero a el código penal y civil que se tenga actualmente en el estado.
Si un delito es encontrado dentro del código penal del estado, este delito es considerado
penal, por otro lado si no existe es considerado civil, hasta cierto punto. Otra de las cosas
que es ...
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