Conciiacion
¡Conciliar!
antes que demandar
Preguntas frecuentes en relación con la conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo
Preguntas frecuentes
Contenido
Presentación Preguntas frecuentes en relación con la conciliación extrajudicial en asuntos delo contencioso administrativo 5
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¿Qué es la conciliación? ¿Qué es la conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo? ¿Cuáles son las características de la conciliación? ¿Qué significa agotar el requisito de procedibilidad para poder acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo?¿Cuándo se considera cumplido el requisito de procedibilidad? ¿Ante quién debe presentarse la solicitud de conciliación extrajudicial? ¿Se requiere abogado para presentar la solicitud de conciliación? ¿Qué requisitos debe cumplir la solicitud de conciliación? ¿En la solicitud de conciliación debe especificarse el tipo de acción a presentar en caso de no concertar el acuerdo conciliatorio? ¿Quépasa cuando falta alguno de estos requisitos? ¿Quién debe hacer la citación a la audiencia? ¿Qué pasa cuando el agente del Ministerio Público no es competente por el factor territorial o por la naturaleza del asunto? ¿Qué asuntos son susceptibles de conciliación? ¿Qué asuntos no son susceptibles de conciliación? ¿Qué ocurre si el conflicto no es conciliable? ¿Si el conflicto es conciliable qué debehacer el agente del Ministerio Público? ¿Qué pasa si la solicitud incluye asuntos conciliables y no conciliables? ¿Cómo debe comunicarse la citación a la audiencia de conciliación?
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Las ventajas de conciliar antes que demandar
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¿Qué ocurre ante la imposibilidad justificada deasistir a la audiencia en la fecha programada? ¿Qué ocurre con el trámite de conciliación cuando se presenta la inasistencia de las partes? ¿Cuáles son las consecuencias de la inasistencia no justificada? ¿Cómo se desarrolla la audiencia de conciliación? ¿Deben las partes y su apoderado asistir a la audiencia de conciliación? ¿Cómo está regulado el tema de las pruebas en la conciliación extrajudicial?¿Cómo se deben aportar las pruebas en el trámite conciliatorio? ¿Qué ocurre si se llega a un acuerdo conciliatorio? ¿Cuáles son los efectos del acuerdo conciliatorio? ¿Qué ocurre si el acuerdo es parcial? ¿Qué ocurre si no fue posible celebrar el acuerdo? ¿El acuerdo conciliatorio tiene control de legalidad? ¿Qué ocurre si el agente del Ministerio Público no comparte el acuerdo celebrado entre losinteresados? ¿Desde cuándo opera y cuál es el término de suspensión de la caducidad de las acciones contencioso administrativas? ¿Dónde pueden radicarse las solicitudes de conciliación extrajudicial?
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Direcciones y números telefonicos de las sedes procuradores judiciales para asuntos administrativos a nivel nacional
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Preguntas frecuentesPresentación
La Procuraduría General de la Nación considera pertinente ilustrar a la ciudadanía respecto de los aspectos fundamentales que, de conformidad con la Ley 446 de 1998 y la Ley 640 de 2001, regulan el trámite de las solicitudes de conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo y, para tal efecto, en el marco del Programa “Conciliar antes que demandar”,presenta este documento que desarrolla las respuestas a las preguntas más frecuentes que sobre el tema se formulan por parte de los usuarios del servicio. Dicho propósito resulta de especial interés como quiera que la Ley 12851, sancionada y promulgada el 22 de enero de 2009, por medio de la cual se reformó la Ley 270 de 1996 (Estatutaria de la Administración de Justicia), estableció, en su artículo...
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