CONCILIACION
Juliana Ríos
Carlos Téllez
Jaime Duran
Conciliación
Acta de conciliación.
El acta del acuerdo conciliatorio deberá contener lo
siguiente:
1. Lugar, fecha y hora de audiencia de conciliación.
2. Identificación del conciliador.
3. Identificación de las personas citadas con señalamiento
expreso de las que asisten a la audiencia.
4. Relación sucinta de las pretensionesmotivo de la
conciliación.
5. El acuerdo logrado por las partes con indicación de la
cuantía, modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las
obligaciones pactadas.
Constancias.
El conciliador expedirá constancia al interesado en la que se
indicará la fecha de presentación de la solicitud y la fecha en
que se celebró la audiencia o debió celebrarse, y se expresará
sucintamente el asunto objetode conciliación, en cualquiera
de los siguientes eventos:
1. Cuando se efectúe la audiencia de conciliación sin que se
logre acuerdo.
2. Cuando las partes o una de ellas no comparezca a la
audiencia. En este evento deberán indicarse expresamente
las excusas presentadas por la inasistencia si las hubiere.
3. Cuando se presente una solicitud para la celebración de
una audiencia deconciliación, y el asunto de que se trate no
sea conciliable de conformidad con la ley.
Clases
La conciliación podrá ser judicial si se realiza
dentro de un proceso judicial, o extrajudicial, si se
realiza antes o por fuera de un proceso judicial.
La conciliación extrajudicial se denominará en
derecho cuando se realice a través de los
conciliadores de centros de conciliación o ante
autoridades encumplimiento de funciones
conciliatorias; y en equidad cuando se realice ante
conciliadores en equidad.
Gratuidad
Los trámites de conciliación que se celebren ante
funcionarios públicos facultados para conciliar,
ante centros de conciliación de consultorios
jurídicos de facultades de derecho y de las
entidades públicas serán gratuitos. Los notarios
podrán cobrar por sus servicios de conformidadcon el marco tarifario que establezca el Gobierno
Nacional.
Calidades del conciliador.
El conciliador que actúe en derecho deberá ser abogado
titulado, salvo cuando se trate de conciliadores de
centros de conciliación de consultorios jurídicos de las
facultades de derecho y de los personeros municipales y
de los notarios que no sean abogados titulados.
Los estudiantes de último año desicología, trabajo
social, psicopedagogía y comunicación social, podrán
hacer sus prácticas en los centros de conciliación y en
las oficinas de las autoridades facultadas para conciliar,
apoyando la labor del conciliador y el desarrollo de las
audiencias. Para el efecto celebrarán convenios con las
respectivas facultades y con las autoridades
correspondientes.
Capacitación a funcionarios públicosfacultados para
conciliar.
El Ministerio de Justicia y del Derecho deberá
velar por que los funcionarios públicos
facultados para conciliar reciban capacitación
en mecanismos alternativos de solución de
conflictos.
Conciliadores de centros de
conciliación.
Todos los abogados en ejercicio que acrediten la
capacitación en mecanismos alternativos de solución de
conflictos avalada por el Ministeriode Justicia y del
Derecho, que aprueben la evaluación administrada por el
mismo ministerio y que se inscriban ante un centro de
conciliación, podrán actuar como conciliadores. Sin
embargo, el Gobierno Nacional expedirá el reglamento en el
que se exijan requisitos que permitan acreditar idoneidad y
experiencia de los conciliadores en el área en que vayan a
actuar.
Los abogados en ejercicio que seinscriban ante los centros
de conciliación estarán sujetos a su control y vigilancia y a
las obligaciones que el reglamento del centro les establezca.
Obligaciones del conciliador.
1. Citar a las partes de conformidad con lo dispuesto en
esta ley.
2. Hacer concurrir a quienes, en su criterio, deban
asistir a la audiencia.
3. Ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance
y...
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