CONCLUSIONES REVOCATORIA DEL MANDATO
Carlos F. Ramírez Guerrero1
1. En Colombia, no existe efectividad para la revocatoria del mandato. Las causas que hanimposibilitan que este mecanismo sea eficaz, surgen de la misma ley.
Y ha ocurrido todo lo contrario, al espíritu del constituyente, porque la legislación que reglamentó este sistema novedoso, productode la iniciativa de la asamblea reunida en 1991, que revocó la Constitución de Caro vigente desde 1886, fue expedida para conseguir todo lo contrario al querer de los redactores de la nueva Carta.Ha sido tan evidente la inoperancia del sistema implantado por nuestros legisladores que a la fecha no se ha iniciado proceso alguno que pretenda revocar el mandato a un gobernador.
Fallidas hanresultado las convocatorias para revocar el mandato a los alcaldes, porque, como se plasmó a lo largo de nuestra investigación, las normas fueron hechas para otra clase de sociedad y no para lacolombiana. Las normas se expidieron para que se burlara el interés colectivo, a favor del interés particular.
El procedimiento esbozado en las leyes expedidas para tal fin, impiden su aplicaciónpráctica, porque ni la Ley 731, ni la Ley 734 dan la oportunidad a los electores para que puedan revocar un mandato.
Se intentó con la expedición de la Ley 741 del 2002, corregir los errores encontrados,en las normas anteriores, con requisitos menos rígidos, para conseguir los fines propuestos. Gracias a ello aumentaron las solicitudes de revocatoria, sin surtir ningún efecto con la expedición de estaley, vigente desde 2002. Porque a pesar de ello se pierde tiempo y dinero en las elecciones, porque no tiene sentido votar por el Sí o por el No de la revocatoria. Porque la norma se tiene querevocar y expedir una nueva, completamente diferente que corrija las anteriores y se concrete la revocatoria para que cambie la costumbre política del país.
Todo ello nos obligó a buscar la causa o...
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