Concubinato
La unión de una pareja que convive de manera estable como si fuera casada, pero no ha contraído matrimonio civil, se los denomina concubinos. Solamente se losconsidera concubinos, a quienes conviven de forma estable y tienen comportamientos propios del matrimonio. Esa forma de convivencia genera varios derechos y obligaciones entre los miembros de lapareja, aunque no se pueda decir que resultan iguales a los derechos y deberes del matrimonio, ya que nuestra ley no equipara completamente la figura del concubinato con la del matrimonio.
Veremosprimero los derechos y obligaciones que las leyes argentinas reconocen a los convivientes, para luego analizar aquellas cuestiones diferentes, que no están igualadas todavía, al matrimonio.
Derecho a lapensión: las leyes de jubilaciones y pensiones prevén que, por muerte del afiliado, la concubina o el concubino sobreviviente pueden cobrar la pensión como si fuera esposa o esposo del fallecido. Paraello, quien reclame la pensión debe haber convivido con el trabajador o jubilado los cinco últimos años anteriores a la muerte de éste; o dos años, si de esa relación de convivencia hubiera nacidoalgún hijo en común.
Derecho a reclamar daños y perjuicios al responsable por la muerte del conviviente: En aquellos casos que se produjese la muerte de uno de los miembros de la pareja convivientepor responsabilidad de un tercero, el sobreviviente tendrá derecho a reclamarle todos los daños y perjuicios y los gastos por asistencia médica y sepelio.
Indemnización laboral por muerte delconcubino: la ley de contrato de trabajo establece que le corresponde al conviviente cobrar la indemnización laboral por muerte del trabajador, si prueba la convivencia con éste durante un mínimo de dosaños -si era soltero- o cinco años -si era divorciado o separado-.
Derecho de continuar alquilando la vivienda común: si uno de los dos miembros de la pareja es quien figura en un contrato de...
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