Concurso Y Prlacion De Creeditos
Quirografario
Dícese del crédito que no tiene garantías específicas que respalden su recuperación, sino que está garantizado sólo por el Patrimonio del Deudor.
Del mismo modo Acreedor Quirografario es aquel cuyas acreencias no se hayan respaldadas por ninguna garantía específica. El término proviene de la raíz "quiro", que significa mano en griego, y seusó tradicionalmente para indicar los compromisos escritos no respaldados por un notario.
Garantía general de los acreedores
Todos los bienes muebles e inmuebles, presentes y futuros del deudor que se ha obligado personalmente constituyen la garantía común de sus acreedores. Se exceptúan los bienes inembargables. (Art. 497 del Código de Proc. Civil)
ARTICULO 497.- Con el precio, se pagará alacreedor, hasta donde alcance, y, si hubiere gastos y costas pendientes de liquidar, se mantendrá en depósito la cantidad que se estime bastante para cubrirlos, hasta que sean aprobados los que faltaren de pagarse; pero, si el ejecutante no formula su liquidación dentro de los siete días de hecho el depósito, o, en cualquier caso, dejare pasar igual término sin proseguir su instancia deliquidación, perderá el derecho de reclamarlos, y se mandará entregar lo depositado al deudor, salvo lo previsto en la parte final del artículo siguiente.
ARTICULO 498.- Si la parte que se diera de contado excediere del monto de lo sentenciado, formada y aprobada la liquidación, se entregará la parte restante al ejecutado, si no se hallare retenida a instancia de otro acreedor, observándose, en su caso,las disposiciones del Código Civil sobre graduación de créditos.
CONCURSO DE ACREEDORES Y CAUSAS DE PREFERENCIA.- El precio de los bienes pertenecientes al deudor se distribuye a prorrata entre sus acreedores salvas las causas legítimas de preferencia.
Son causas legítimas de preferencia los privilegios, las hipotecas y la pignoración.
SUBROGACION DE LAS INDEMNIZACIONES POR PERDIDA ODETERIORO DE LAS COSAS ASEGURADAS.- Si las cosas sujetas a privilegios, hipoteca o pignoración perecen o se deterioran, las sumas que deben los aseguradores como indemnizaciones por pérdida o deterioro, quedan vinculadas al pago de los créditos privilegiados, hipotecarios o pignoraticios, según su grado, excepto si ellas deban emplearse para reparar tal pérdida o deterioro. La autoridad judicial, puede ainstancia de los interesados, disponer las medidas oportunas para asegurar el empleo de las sumas en la reintegración o reparación de la cosa.
Los aseguradores quedan libres de responsabilidades cuando paguen pasados treinta días a contar de la pérdida o deterioro, sin haber hecho oposición. Pero cuando los bienes son inmuebles con gravámenes inscritos en el registro de la propiedad, o mueblessujetos a registro, los aseguradores no quedan libres sino transcurridos sin oposición treinta días de notificados a los acreedores con crédito inscritos, el hecho que dio lugar a la pérdida o al deterioro.
DISMINUCIÓN DE LA GARANTIA.- Cuando el bien pignorado o hipotecado se destruye, desaparezca o deteriore por cualquier causa no imputable al acreedor, tomándose así incompleta la garantía,puede pedir al deudor le constituya garantías nuevas y suficientes sobre otros bienes y en caso contrario, el inmediato pago de su crédito.
NULIDAD DEL PACTO COMISORIO Y DEL PACTO DE VIA EXPEDITA.- Cualquiera sea la época de su celebración, es nulo el pacto por el cual se conviene en que la propiedad de la cosa hipotecada o pignorada pase al acreedor cuando el deudor no pague su deuda dentro eltérmino fijado.
Es igualmente nulo el pacto por el cual el constituyente autoriza al acreedor a vender directamente la cosa pignorada o hipotecada. Si se prueba que éste fue el motivo determinante del contrato, éste es nulo.
Concurso de acreedores
Se denomina concurso de acreedores a la situación jurídica que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de...
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