Condominio
Condominio.
El término condominio se refiere, en el campo del derecho, a la potestad que dos,
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tres o más individuos disponen sobre un bien compartido. Características.
a) La Titularidad plural o pluralidad de sujetos: La existencia de más de un sujeto,
titular del derecho (varias personas) que es esencial en el condominio, que pueden tratarse de personas físicas o jurídicas;
b) La Unidad de objeto: Siempre se trata de cosas, y si se trata de más de una,
P.Ej. varias propiedades o parcelas de inmuebles, son tratadas como una unidad recayendo el derecho sobre la totalidad de cada una de ellas;
c) Titularidad en cuotas o partes indivisas: El derecho de propiedad pertenece a
varias personas por una parte indivisa, como indica Salvat, el derecho de propiedad “se encuentra aquí fraccionado entre los diversos copropietarios,
correspondiéndole a cada uno de ellos en la medida de la cuota parte que le pertenece: un medio, un tercio, etc. Esta parte indivisa es una cuota ideal o
abstracta del derecho de dominio entero y que no corresponde con ninguna parte
física o materialmente determinada de la cosa. El derecho de propiedad que pertenece a cada condómino, se proyecta sobre la totalidad de la cosa.
Es posible definir al condominio como el derecho real de propiedad que pertenece
2a varias personas, por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble.
Clases.
SIN INDIVISION FORZOSA
es aquel en el cual cualquiera de los condóminos, en
cualquier tiempo y sin depender de la conformidad de los demás condóminos, puede poner fin a la copropiedad solicitando la partición de la cosa común.
CON INDIVISION
FORZOSA
se encuentra coartada la facultad de pedir la división
en cualquier tiempo ya sea por causa derivada de la ley, de la convención
3(contrato) o de una disposición de última voluntad.
Derechos.
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Contar con el respeto de los demás condóminos sobre su unidad de
propiedad privativa; ...
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