Condonación
De acuerdo al CODIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO, en su Libro I, Titulo III TRANSMISION Y EXTINCION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES, Artículo 27º EXTINCION DE LAOBLIGACION TRIBUTARIA, la obligación tributaria se extingue por los siguientes medios:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Condonación.
4. Consolidación.
5. Resolución de la Administración Tributariasobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.
6. Otros que se establezcan por leyes especiales.
a) Dinero en efectivo;
b) Cheques;
c) Notas de Crédito Negociables;
d)Débito en cuenta corriente o de ahorros;
e) Tarjeta de crédito; y,
f) Otros medios que la Administración Tributaria apruebe.
Describiendo en su Artículo 41º la CONDONACION, y hace referencia a quela deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley.
Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones,respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al
EJEMPLO:
Gobierno propone condonar la deuda tributaria de ENTEL, Deuda Aseptiembre de 2010 registró un pasivo por Bs 1.064 millones por impuestos de años anteriores.
La Paz - 22/05/2011
El Gobierno, mediante el proyecto de Ley de Telecomunicaciones, Tecnologías deInformación y Comunicación, prevé la condonación de la deuda tributaria que ENTELl tenía antes de su nacionalización el 1 de mayo de 2008.
“En consideración al Decreto Supremo 29544 a través del cualel nivel central del Estado dispuso la nacionalización de ENTEL SA se condona la integridad de la deuda tributaria y adeudos regulatorios de dicha empresa, generada con anterioridad al 1 de mayo de2008”, cita textualmente la disposición transitoria tercera de la norma que entró a la Asamblea para su consideración.
El Decreto Supremo 29544 de nacionalización de ENTEL establece que los...
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