Configurador de menus
Lunes, 01 de Septiembre de 2008 BOP 208
Conselleria de Economía, Hacienda y EmpleoDirección Territorial de Empleo y TrabajoSección: Relaciones Colectivas y ConciliaciónConvenios Colectivos - VT-310 Anuncio de la Conselleria deEconomía, Hacienda y Empleo sobre texto del convenio colectivo de trabajo Intersectorial de Hostelería de la provincia de Valencia. ANUNCIO Código n.º 4601285R. Elect. 7JARP/mcm. Visto el Texto del Convenio Colectivo de trabajo Intersectorial de HOSTELERÍA de la provincia de Valencia, suscrito el 31/7/2008 por la comisión negociadora formada por la Federación Empresarial de Hostelería de Valencia y suProvincia (Asociación de Cafés, Bares y Cafeterías de Valencia y Provincia, Asociación Valenciana de Restaurantes Federados, Asociación Empresarial de Pub's de Valencia y Provincia, Asociación Empresarial de Pequeño y Mediano Hospedaje de Valencia, Asociación de Discotecas de Valencia, Asociación Empresarial de Salones de Banquetes y Catering de Valencia), A.E.R.C.O.V., Unión Hotelera de Valenciay Provincia, Asociación Empresarial de Estaciones Termales y Balnearios, Asociación Empresarial Hotelera de Gandía y la Sabor, U.G.T. y CC.OO., que fue presentado en este Organismo con fecha 1 de los corrientes; y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 1º y 2º.b) del R. Decreto 1040/81, de 22 de mayo, en relación con el 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley 8/80 del Estatuto de losTrabajadores, aprobado por R. Dto. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo, ACUERDA: PRIMERO: Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios. SEGUNDO: Proceder a su depósito en esta Sección de Relaciones Colectivas y Conciliación. TERCERO: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Valencia, a 4 de agosto de 2008.-El director territorialde Empleo y Trabajo, por suplencia, el jefe del Servicio Territorial de Trabajo y Seguridad Laboral (resolución del subsecretario de Economía, Hacienda y Empleo de 9/7/2008), José Cataluña Albert. TEXTO ARTICULADO DEL CONVENIO COLECTIVO INTERSECTORIAL DE HOSTELERIA DE VALENCIA Y SU PROVINCIA PARA LOS AÑOS 2008 a 2011 PREÁMBULO Las entidades firmantes del presente Convenio declaran su intención decumplir y hacer cumplir todas aquellas disposiciones legales y reglamentarias de aplicación en el sector, en materia de prevención de riesgos laborales, cuidando €a su vez- de aquellos aspectos relativos al acoso sexual, acoso laboral (mobbing), y cualquier otra conducta que trate de vulnerar los derechos fundamentales de la persona y que se produzcan como consecuencia de las relaciones laborales.En particular, las partes firmantes del presente convenio suscriben la definición de la Directiva 2002/73/CEE de "acoso sexual", en cuanto a aquel que se produce ante cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el propósito o efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil o degradante. Losempresarios, conscientes de la necesidad de procurar el derecho a la intimidad y a la libertad sexual de las personas, velarán por el respeto de los derechos fundamentales de los empleados a su cargo. También con carácter especial, las partes suscriben el contenido de la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género, así como las medidas específicas de luchacontra este tipo de violencia que en ella se especifican. Todo ello, con independencia de lo previsto en el III ALEH de obligada atención por las partes suscriptoras del presente Convenio en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo. CAPÍTULO PRIMERO. ÁMBITOS DE APLICACIÓN. ARTÍCULO...
Regístrate para leer el documento completo.