Confirmación expresa de acto jurídico - perú

Páginas: 6 (1442 palabras) Publicado: 2 de junio de 2011
CONFIRMACIÓN EXPRESA
Artículo 230.- Confirmación explícita
Salvo el derecho de tercero, el acto anulable puede ser confirmado por la parte a quien corresponda la acción de anulación mediante instrumento que contenga la mención del acto que se quiere confirmar, la causal de anulabilidad y la manifestación expresa de confirmar.
Es expresa la confirmación cuando en forma directa se manifiesta lavoluntad de dar validez al acto jurídico. En la confirmación expresa, el vicio y el derecho a la anulación aparece de la manifestación de voluntad de confirmar, puesto que el agente debe hacer referencia a la causal de anulabilidad y su deseo de confirmarlo.
La confirmación expresa es el acto jurídico unilateral (porque es realizado por aquel a quien corresponde el derecho de instar la anulación,sin que sea necesario el concurso de la otra parte cuando el acto anulable no es unilateral) y accesorio por el cual la parte a quien corresponde la acción de anulación declara querer la validez definitiva del acto anulable, con conocimiento de la causal de anulación y habiendo esta cesado.
La confirmación expresa está subordinada a los siguientes requisitos:
* Que la confirmación laejercite la parte a quien corresponde la acción de anulación.
* Que sea mediante instrumento, en que deberá expresarse:
a. Mención del acto que se quiere confirmar.
b. La causal de anulabilidad que amenaza al acto.
c. La manifestación expresa de confirmar el acto anulable.
Como nos lo dicen Fernando Vidal Ramírez y Aníbal Torres Vásquez, la forma prescrita para el actoconfirmatorio tiene sólo el carácter de ad probationem, debido a que el Código Civil nos provee de una confirmación carente de formalidades en los artículos 230º y 231º. Sin embargo, Torres Vásquez dice que la conveniencia de asegurar que la confirmación ha tenido lugar con conocimiento del motivo de anulabilidad, exige que sea celebrada por escrito.
El Doctor sanmarquino también nos indica que laconfirmación puede ser realizada directamente por aquel a quien corresponde la acción de anulabilidad, o por su representante, o por sus herederos universales o por su cesonario en el caso de cesión de la posición contractual.
La manifestación de voluntad del confirmante es recepticia debido a que como incide en la validez del acto y por ende afecta la esfera jurídica de todos los que en él son partes,debe ser puesta en conocimiento de éstos; de ahí que el acto confirmatorio no puede ser revocado.
Vidal Ramírez distingue la confirmación expresa en formal y no formal:
A. La confirmación expresa formal.
La confirmación expresa formal es la que se hace constar documentalmente y a ella se refieren los arts. 230 y 232 del Código Civil.
El art. 230 del actual ordenamiento establece que“Salvo el derecho de tercero, el acto anulable puede ser confirmado por la parte a quien corresponda la acción de anulación mediante instrumento que contenga la mención del acto que se quiere confirmar, la causal de anulabilidad y la manifestación expresa de confirmarlo”. La norma fue adoptada por la Comisión Revisora y, registra como antecedentes a los arts. 1132 y 1133 del Código Civil de 1936.Adicionalmente, el art. 232 señala otras formalidades: “La forma del instrumento de confirmación debe tener iguales solemnidades a las establecidas para la validez del acto que se confirma”. La norma fue tomada del Proyecto de la Comisión Reformadora y registra como antecedente el art. 1134 del Código Civil de 1936, cuyo tenor ha receptado.
Como puede apreciarse, el acotado art. 230 precisa que laconfirmación corresponde al titular de acción anulatoria y, en caso que el confirmante opte por hacerla documentalmente, que en el instrumento se menciones el acto que se quiere confirmar y la causal de anulabilidad que lo afecta, haciéndose constar la manifestación de confirmarlo. Por su parte, el acotado art. 232 precisa las formalidades que debe revestir la confirmación expresa formal y que...
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