confusion
La confusión, en Derecho, es un modo de extinguir obligaciones que se produce cuando por algún motivo concurren, es decir, se confunden en una misma persona las dos posicionescontrapuestas de una obligación. Esta situación puede darse, por ejemplo, cuando una persona ostenta, a la vez, la calidad de acreedor y deudor respecto de una misma deuda.
Artículo 1.342 Del códigocivil.- Cuando las cualidades de acreedor y de deudor se reúnen en la misma persona, la obligación se extingue por confusión.
EFECTOS DE LA CONFUSION
La confusión lleva invariablemente ala desaparición de los derechos y obligaciones que se hayan visto afectados por la misma. Puede ser un solo derecho u obligación, o un conjunto completo. En el caso de que se confundan la posiciónde usufructuario con la del nudo propietario, desaparece el usufructo por completo, quedando la plena propiedad.
Normalmente la confusión extinguirá por completo la obligación principal, pero esposible que la extinción sea parcial cuando la confusión se produzca únicamente sobre parte de la obligación, tal es el caso en una mancomunidad solidaria en donde uno de los deudores paga la deuda,subrogandose los derechos del acreedor, por consiguiente se convierte en el nuevo acreedor, confundiéndose una parte de la obligación. Entre sus efectos generales se encuentra:
Extingue la obligaciónen la cual se haya producido la confusión, que puede ser total cuando se verifica sobre la totalidad de la obligación, y parcial cuando hay obligaciones mancomunadas simples, se extingue en laproporción correspondiente al acreedor o deudor.
La confusión que se efectúa en la persona del deudor principal aprovecha a sus fiadores.
La confusión que se efectúa en la persona del fiador noenvuelve la extinción de la obligación principal.
Si la obligación es solidaria, la obligación queda extinguida sólo por la parte correspondiente al acreedor en cuya persona se realizó la confusión,...
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