Congreso De La Republica
Ley que modifica los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia núm. 074-2000, referido al proceso de recuperación de deudas por conexión domiciliaria
LEY Nº 29494
ELPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LOSARTÍCULOS 3 Y 4 DEL DECRETO DE URGENCIA NÚM. 074-2000, REFERIDO AL PROCESO DE RECUPERACIÓN DE DEUDAS POR CONEXIÓN DOMICILIARIA
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene el objeto de establecerel proceso de recuperación de deudas por conexión domiciliaria financiadas con recursos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) sin afectar el cobro de los comprobantes de pago de los servicios deagua potable y alcantarillado, que realizan las entidades prestadoras de servicios de saneamiento.
Artículo 2.- Modificación del párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia núm. 074-2000Modifícase el párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia núm. 074-2000, en los siguientes términos:
“Artículo 3.- Notificación de saldos deudores y acreedores
3.1 La Comisión Liquidadoradel Fondo Nacional de Vivienda (Colfonavi) notifica los saldos deudores a través de las empresas concesionarias de electricidad, las entidades prestadoras de servicios de saneamiento o las queefectúen en sustitución de estas las cobranzas respectivas. La notificación se efectúa mediante liquidación individual a cada prestatario.
(…)”
Artículo 3.- Modificación del artículo 4 del Decreto deUrgencia núm. 074-2000
Modifícase el artículo 4 del Decreto de Urgencia núm. 074-2000, en los siguientes términos:
“Artículo 4.- Proceso de recuperación de deudas por conexión domiciliaria
4.1Conforme a las instrucciones que imparta la Comisión Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda (Colfonavi), las empresas concesionarias de distribución de electricidad incluyen, en forma...
Regístrate para leer el documento completo.